Real Decreto 1652/1986, de 13 de junio, para la exclusión de mercancías de anexo a la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tarifa Especial del Arbitrio Insular a la entrada de mercancías a las islas Canarias.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1652/1986, de 13 de junio, para la exclusión de mercancías de anexo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1652/1986 modifica el anexo de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tarifa Especial del Arbitrio Insular, excluyendo ciertos productos de la tarifa especial aplicable a la entrada de mercancías en las islas Canarias. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 997/1978 estableció la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tarifa Especial del Arbitrio Insular, que aplicaba a la entrada de mercancías en las islas Canarias. El Real Decreto 1255/1982 modificó el procedimiento para la exclusión de mercancías de dicho anexo. El Real Decreto 1652/1986 se emite en el marco de esta regulación, con el objetivo de ajustar la lista de productos excluidos de la tarifa especial. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1652/1986, de 13 de junio de 1986, modifica el anexo de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tarifa Especial del Arbitrio Insular, con el fin de excluir ciertos productos de dicha tarifa. Esta modificación se basa en la necesidad de garantizar el abastecimiento de productos esenciales en las islas Canarias, considerando la insuficiencia del volumen de producción local. Según el texto del Real Decreto, los acuerdos de exclusión o suspensión de la tarifa especial se adoptan con carácter provisional por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias, previa opinión técnica-económica que acredite la existencia de las causas previstas en las letras b), c) y d) del artículo 5 del Real Decreto 997/1978. Estas causas incluyen la necesidad de garantizar el abastecimiento de productos esenciales, la insuficiencia de producción local, o la existencia de alternativas económicas viables. El procedimiento para la aprobación definitiva de dichas exclusiones o suspensiones implica que el Gobierno de Canarias remite los acuerdos al Ministerio de Economía y Hacienda, quien, en un plazo de treinta días, puede elevar una propuesta al Gobierno para su aprobación. Una vez recibido el acuerdo del Gobierno de Canarias, el Ministerio de Economía y Hacienda, a propuesta del ministro, puede aprobar definitivamente la exclusión o suspensión de la tarifa especial, en aplicación del artículo 22 de la Ley 30/1972, de 22 de julio, desarrollado por los Reales Decretos 997/1978 y 1255/1982. En este contexto, el Real Decreto 1652/1986 establece la exclusión de los siguientes productos del anexo de la Ordenanza Fiscal: - Etiquetas autoadhesivas troqueladas en bobinas (partida clave 48.19.91). - Juegos de cama de algodón calados, colchones de algodón calados y bordados, y mantelerías de algodón calados y bordados (partidas clave 62.02.13.1A y B). - Pañuelos de bolsillo de caballero de algodón calados y bordados (partidas clave 61.05 A y A 61.05, 10.2 y 10.3). La exclusión de estos productos se justifica por la insuficiencia del volumen de producción del archipiélago para satisfacer el normal consumo de las islas. La exclusión entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1652/1986 modifica el anexo de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tarifa Especial del Arbitrio Insular, excluyendo ciertos productos de dicha tarifa. La exclusión se justifica por la insuficiencia de producción local y la necesidad de garantizar el abastecimiento en las islas Canarias. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Exclusión de productos específicos**: El Real Decreto excluye productos como etiquetas autoadhesivas, juegos de cama y pañuelos de algodón. ⚠️ **Procedimiento de exclusión**: Los acuerdos de exclusión se adoptan con carácter provisional y requieren un informe técnico-económico. 📋 **Procedimiento de aprobación**: El Gobierno de Canarias remite los acuerdos al Ministerio de Economía y Hacienda, quien puede proponer su aprobación definitiva. ℹ️ **Justificación**: La exclusión se justifica por la insuficiencia de producción local y la necesidad de garantizar el abastecimiento en las islas. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1652/1986 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 13 de junio de 1986 - **Materias**: Fiscal, comercio, tarifas, mercancías, islas Canarias - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────