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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 1328/1986, de 9 de mayo, sobre organización de la recaudación en vía ejecutiva en el ámbito de la Seguridad Social.

BOE-A-1986-20795Publicada: 02/08/1986MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 1328/1986, de 9 de mayo, sobre organizaci ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1328/1986, de 9 de mayo, sobre organización de la recaudación en vía ejecutiva en el ámbito de la Seguridad Social, fue corregido para corregir errores tipográficos en su texto original publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) número 157 de 2 de julio de 1986. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1328/1986 establecía normas sobre la organización de la recaudación en vía ejecutiva en el ámbito de la Seguridad Social. Durante su publicación, se detectaron errores en el texto, específicamente en el preámbulo, en la disposición transitoria primera y en referencias a leyes. Estos errores no afectaban el contenido jurídico sustancial, pero requerían corrección para garantizar la precisión del documento. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1328/1986 fue corregido mediante una corrección de errores, publicada en el BOE número 157 de 2 de julio de 1986, páginas 24073 y 24074. Las correcciones incluyen: - En el preámbulo, en la primera línea del segundo párrafo, se cambió «En» por «El». - En la disposición transitoria primera, en las líneas tercera y cuarta del segundo párrafo del número 1, se corrigió la mención de «artículo 15 de la Ley 30/1984» por «artículo 25 de la Ley 30/1984». - En la octava línea del mismo párrafo, se corrigió «recaudadores Ejecutivos» por «Recaudadores Ejecutivos». Estas correcciones se aplicaron a las páginas 24073 y 24074 del BOE, donde se publicó el texto original del Real Decreto. La corrección de «En» a «El» en el preámbulo corrige un error de mayúscula, mientras que la modificación en la referencia a la Ley 30/1984 corrige un error de numeración. La capitalización de «Recaudadores Ejecutivos» se ajusta a la normativa vigente sobre nombres propios. El Real Decreto 1328/1986 se publicó en el BOE el 2 de julio de 1986, y las correcciones se realizaron para garantizar la precisión del texto legal. Aunque los errores no afectaron la sustancia de la norma, su corrección es relevante para la correcta aplicación de las disposiciones. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** Las correcciones realizadas al Real Decreto 1328/1986 son mínimas y no alteran su contenido jurídico. La norma sigue vigente y se aplica con base en el texto corregido. La corrección busca garantizar la precisión del documento legal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores tipográficos**: Se corrigieron errores en el preámbulo, en referencias a leyes y en nombres propios. ⚠️ **No afecta sustancia**: Las correcciones no modifican el contenido jurídico principal del Real Decreto. 📋 **Publicación en BOE**: Las correcciones se publicaron en el BOE número 157 de 2 de julio de 1986. ℹ️ **Relevancia alta**: La corrección es relevante para la correcta aplicación de la norma en el ámbito de la Seguridad Social. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) número 157 de 2 de julio de 1986. - **Tipo**: Real Decreto. - **Fecha**: 2 de julio de 1986. - **Materias**: Seguridad Social, Administración pública. - **Relevancia**: ALTA (corrección de errores en norma legal de ámbito nacional). ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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