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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 4 de agosto de 1986 por la que se crea la Mesa de Contratación y la Junta de Compras del Organismo Autónomo Consorcio de Compensación de Seguros.

BOE-A-1986-21999Publicada: 15/08/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 4 de agosto de 1986 por la que se crea la Mesa de Contratación y la Jun ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 4 de agosto de 1986 crea la Mesa de Contratación y la Junta de Compras del Organismo Autónomo Consorcio de Compensación de Seguros, estableciendo su composición, funciones y ámbito de actuación. **2. CONTEXTO** La norma surge en el marco de la reorganización del Consorcio de Compensación de Seguros, ordenada por el Real Decreto 953/1986. El texto se inscribe en el sistema de contratación pública estatal, regulado por el Reglamento General de Contratos del Estado y la Ley de Contratos del Estado. La creación de estas instituciones busca optimizar la gestión de compras y contrataciones en el ámbito del organismo autónomo. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial establece la constitución de dos órganos: la **Mesa de Contratación** y la **Junta de Compras**, ambos vinculados al Organismo Autónomo Consorcio de Compensación de Seguros. - **Mesa de Contratación** (Artículo 1): - **Composición**: - Presidente: Director Gerente del Organismo. - Vicepresidente: Secretario General. - Vocales: - Dos designados por el Director Gerente a propuesta del Secretario General. - Un letrado del Estado del Servicio Jurídico del Consorcio. - El Interventor Delegado de la Intervención General. - Secretario: Funcionario del Consorcio nombrado por el Director Gerente. - **Función**: Actúa como órgano de contratación, aplicando el Reglamento General de Contratos del Estado (Artículo 393), y gestiona contratos de compras y suministros. - **Junta de Compras** (Artículo 2): - **Composición**: - Presidente: Director Gerente. - Vicepresidente: Secretario General. - Vocales: Dos designados por el Director Gerente a propuesta del Secretario General. - Secretario: Funcionario del Consorcio nombrado por el Director Gerente. - **Función**: - Programa y estudia necesidades de compras y suministros. - Propone adjudicaciones de contratos relacionados con bienes consumibles o de fácil deterioro, así como compras de mobiliario y material de oficinas invariables. - Realiza adquisiciones tras su aprobación. - **Participación adicional**: Puede incorporar funcionarios técnicos cuando sea necesario. - **Función especial**: Cuando actúa como Mesa de Contratación, incluye un letrado del Estado del Servicio Jurídico y el Delegado de la Intervención General en el Departamento. La norma establece que la Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado* (Artículo 1). **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 estructura la gestión de contrataciones en el Consorcio de Compensación de Seguros, integrando órganos con funciones específicas y regulados por normas estatales. Establece una división clara entre la Mesa de Contratación y la Junta de Compras, con roles complementarios. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de órganos de contratación**: Mesa de Contratación y Junta de Compras, con funciones diferenciadas. ⚠️ **Regulación por normas estatales**: Aplica el Reglamento General de Contratos del Estado y la Ley de Contratos del Estado. 📋 **Composición específica**: Incluye funcionarios, letrados y representantes de la Intervención General. ℹ️ **Vigencia inmediata**: Entró en vigor al día siguiente de su publicación. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Estatal (contratación pública). - **Fuente**: Orden Ministerial de 4 de agosto de 1986. - **Tipo**: Norma reglamentaria. - **Fecha**: 4 de agosto de 1986. - **Materias**: Contratación pública, administración pública, organización de órganos. - **Relevancia**: ALTA (establece marco legal para gestión de compras en organismo autónomo). **Palabras clave**: Contratación pública, Mesa de Contratación, Junta de Compras, Reglamento General de Contratos, Organismo Autónomo. **Longitud total**: 650 palabras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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