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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 25 de agosto de 1986 por la que se modifica la de 24 de febrero que regula la importación de determinados productos textiles.

BOE-A-1986-25491Publicada: 26/09/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 25 de agosto de 1986 por la que se modifica la de 24 de febrero que reg ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 25 de agosto de 1986 modifica la Orden de 24 de febrero de 1986, que regula la importación de productos textiles, para actualizar el régimen aplicable tras ajustes derivados de acuerdos bilaterales con países como Filipinas, Uruguay, Brasil y México, así como cambios en el régimen de importación de textiles procedentes de Turquía. **2. CONTEXTO** La Orden de 24 de febrero de 1986 establecía normas para la importación de textiles, pero se corrigió en marzo de 1986. Posteriormente, la Comunidad Europea firmó protocolos de adaptación con varios países para incluir la adhesión de España y Portugal a la CEE. Además, se modificaron reglamentos sobre importación de textiles turcos, lo que generó cambios en el régimen aplicable en España. La presente Orden recoge estas modificaciones para garantizar la coherencia con los acuerdos internacionales y normativas vigentes. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden modifica la Orden de 24 de febrero de 1986 en dos puntos clave: - **Artículo 1º**: Redacta el párrafo segundo del artículo 4º, exigiendo que las notificaciones de importación de productos textiles de ciertas categorías (1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 12, 13, 20, 39, 56, 73, 83 y posición Nimexe 58.04.69) originarios de Turquía o Egipto incluyan un documento de exportación previsto en los Reglamentos (CEE) de la Comisión números 3652/1985, 1769/1986 y 1971/1986. Esta exigencia se aplica a productos específicos, como ropa de algodón y alfombras, según las posiciones Nimexes mencionadas. - **Artículo 2º**: Sustituye los anejos 2A a 6 de la Orden original por nuevos anejos que actualizan las listas de países y categorías de productos. Los anejos 1 y 7 permanecen sin cambios. Los anejos incluyen listas de países asociados a categorías específicas, como Brasil, Egipto, Turquía, y países como Taiwan, Hong Kong y Macao. Por ejemplo, el Anejo 5A detalla países vinculados a artículos tercero, mientras que el Anejo 6 especifica la procedencia de productos textiles en categorías como 1, 2, 3, etc. La Orden también incluye anexos con grupos de países y categorías, como el Grupo I A, que menciona a Brasil, Bulgaria, Corea del Sur, Checoslovaquia, Egipto, Filipinas, Guatemala, Haití, Hungría, Indonesia, Malasia, México, Perú, Polonia, Rumania, Singapur, Sri Lanka, Tailandia, Uruguay y Yugoslavia. Estos anexos detallan la procedencia de productos textiles y las condiciones de importación, ajustándose a los acuerdos bilaterales y reglamentos vigentes. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden actualiza el régimen de importación de textiles en España, alineándose con acuerdos internacionales y modificaciones en reglamentos de la Comunidad Europea. Se exige documentación adicional para ciertos productos y se actualizan listas de países y categorías. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de artículo 4.2**: Exige documento de exportación para productos textiles de ciertas categorías originarios de Turquía o Egipto. ⚠️ **Actualización de anejos**: Los anejos 2A-6 sustituyen listas de países y categorías, incluyendo novedades como Taiwan y Hong Kong. 📋 **Documentación obligatoria**: Se mencionan específicamente posiciones Nimexes y categorías afectadas, como 60.04.19 y 60.04.51. ℹ️ **Alineación con acuerdos**: La Orden refleja ajustes derivados de protocolos de adaptación con países como Brasil y México. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 25 de agosto de 1986 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 25 de agosto de 1986 - **Materias**: Regulación de importación de textiles, acuerdos bilaterales, normativa de la Comunidad Europea - **Relevancia**: ALTA (afecta a regulaciones comerciales y procedimientos aduaneros) **Palabras clave**: importación, textiles, acuerdos bilaterales, reglamentos CEE, documentación aduanera, anejos. **Total de palabras**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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