Real Decreto 1825/1986, de 5 de septiembre, por el que se restablecen los derechos arancelarios aplicables a determinadas prendas de vestir de algodón y a manufacturas de corcho, incluidas en contingentes abiertos por España para las importaciones de Portugal.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1825/1986, de 5 de septiembre, por el que se restablecen los derech ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1825/1986 restablece los derechos arancelarios aplicables a prendas de vestir de algodón y manufacturas de corcho importadas de Portugal, dentro de los contingentes abiertos por España, cuando las cantidades establecidas se rebasen. **2. CONTEXTO** El Decreto 999/1960 permite formular reclamaciones arancelarias en defensa de intereses legítimos. El Protocolo 3 del Acta de Adhesión de España y Portugal a las Comunidades Europeas establece contingentes arancelarios para importaciones portuguesas, incluyendo prendas de algodón y manufacturas de corcho. El Real Decreto 1825/1986 se emite en uso de la facultad del gobierno para restablecer derechos arancelarios cuando los contingentes se excedan. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1825/1986, de 5 de septiembre de 1986, regula la restitución de derechos arancelarios para productos específicos importados de Portugal, bajo el marco de los contingentes abiertos. Se basa en el artículo 3.1 del Protocolo 3 del Acta de Adhesión, que permite el restablecimiento de derechos cuando las cuotas se superen. - **Artículo 1**: Restablece los derechos arancelarios hasta el 31 de diciembre de 1986 para mercancías incluidas en los contingentes abiertos por España en favor de Portugal. Estas mercancías son: - Contingente 2: Prendas interiores y exteriores de punto no elástico sin cauchutar (partidas 60.04 y 60.05) de algodón. - Contingente 3: Prendas exteriores para hombres, niños, mujeres y niñas (partidas 61.01 y 61.02) de algodón. - Contingente 4: Prendas interiores para hombres, niños, mujeres y niñas (partidas 61.03 y 61.04) de algodón. - Contingente 8: Manufacturas de corcho (partida 45.03). - **Artículo 2**: Establece que el derecho arancelario aplicable será el que rija para intercambios entre España y la Comunidad Económica Europea. - **Artículo 3**: El Real Decreto entra en vigor el día de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. El decreto se fundamenta en el artículo 6.4 de la Ley Arancelaria vigente, que otorga al gobierno la facultad de restablecer derechos arancelarios en casos de exceso de contingentes. Además, se refiere al Protocolo 3 del Acta de Adhesión, que establece el régimen de contingentes indicativos para productos portugueses. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1825/1986 restablece derechos arancelarios para productos específicos importados de Portugal, en cumplimiento de acuerdos internacionales. La medida entra en vigor el 5 de septiembre de 1986 y se aplica hasta el 31 de diciembre del mismo año. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Restablecimiento de derechos arancelarios**: Aplicable a prendas de algodón y manufacturas de corcho importadas de Portugal. ⚠️ **Exceso de contingentes**: La medida se activa cuando las cuotas establecidas se superen. 📋 **Productos específicos**: Incluye prendas interiores/exteriores y manufacturas de corcho, con descripciones detalladas. ℹ️ **Vigencia**: Entró en vigor el 5 de septiembre de 1986 y se aplicó hasta el 31 de diciembre. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 1825/1986 - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 5 de septiembre de 1986 - **Materias**: Derecho arancelario, comercio internacional, contingentes arancelarios - **Relevancia**: ALTA (regula medidas arancelarias con impacto en comercio bilateral) **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────