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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 939/1986, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de la Inspección de los Tributos.

BOE-A-1986-26184Publicada: 02/10/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 939/1986, de 25 de abril, por el que se a ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 939/1986, de 25 de abril, corrige errores en el texto del Reglamento General de la Inspección de los Tributos, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 115 de 14 de mayo de 1986, que no fueron corregidos en la corrección de errores publicada en el BOE número 183 de 1 de agosto de 1986. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 939/1986 estableció el Reglamento General de la Inspección de los Tributos, con el objetivo de regular las funciones de inspección en materia tributaria. Posteriormente, se publicó una corrección de errores en el BOE número 183 de 1986, pero algunos errores persistieron. Por ello, se emitió este nuevo Real Decreto para corregir dichos errores, de acuerdo con el artículo 19 del Real Decreto 1511/1986, de 6 de junio. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 939/1986 corrige errores en el texto del Reglamento General de la Inspección de los Tributos, publicado en el BOE número 115 de 14 de mayo de 1986, que no fueron corregidos en la corrección de errores publicada en el BOE número 183 de 1 de agosto de 1986. Estas correcciones se realizan de conformidad con el artículo 19 del Real Decreto 1511/1986, de 6 de junio, que establece el procedimiento para la corrección de errores en normas vigentes. Las correcciones afectan a varias páginas del texto original, incluyendo páginas 17201, 17202, 17203, 17205, 17207, 17216, 17217, 17218, entre otras. Cada corrección se detalla con la página, columna, artículo, apartado y letra afectados, así como con la frase original y la frase corregida. Por ejemplo, en la página 17201, segunda columna, cuarto párrafo, se corrige la frase «... y los justificantes exigidos ...» por «... y los justificantes correspondientes exigidos ...». En la página 17202, primera columna, tercer párrafo, se corrige «... resulta imprescindicble ...» por «... resulta imprescindible ...». En la página 17203, segunda columna, artículo 4.°, apartado primero, letra a), se corrige «... Ministerio de Economía y hacienda» por «... Ministerio de Economía y Hacienda». En la página 17205, segunda columna, artículo 19, apartado quinto, se corrige «Cuando a propuesta, en su caso, de uno o varios Delegados de Hacienda especiales, los Directores generales o Centros competentes ...» por «Cuando, a propuesta en su caso de uno o varios Delegados de Hacienda especiales, los Directores generales o Centros competentes ...». En la página 17207, segunda columna, artículo 27, apartado sexto, se corrige «Cuando actúe ante la Inspección persona distinta del obligado tributario se hará constar ...» por «Cuando actúe ante la Inspección persona distinta del obligado tributario, se hará constar ...». En la página 17207, segunda columna, artículo 28, apartado tercero, se corrige «Las manifestaciones hechas por personas que hayan comparecido ...» por «Las manifestaciones hechas por persona que haya comparecido ...». En la página 17207, segunda columna, artículo 29, se corrige «Podrán archivarse sin más trámite aquellas denuncias ...» por «Podrán archivarse sin más trámites aquellas denuncias ...». En la página 17205, primera columna, artículo 13, apartado tercero, se corrige «... Reglemanto ...» por «... Reglamento ...». En la página 17212, primera columna, artículo 48, apartado primero, letra b), se corrige «... o los Poderes Legislativos y Judicial ...» por «... o los Poderes Legislativo y Judicial ...». Estas correcciones buscan garantizar la precisión del texto legal, evitando ambigüedades o errores de redacción que podrían afectar la interpretación y aplicación de las normas. Cada corrección se realiza en base a la redacción correcta del texto original, asegurando que el contenido sea coherente con el marco legal vigente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 939/1986 corrige errores en el Reglamento General de la Inspección de los Tributos, publicado en 1986, que no fueron corregidos en una posterior corrección. Las correcciones se realizan de conformidad con el artículo 19 del Real Decreto 1511/1986, de 6 de junio. Estas correcciones buscan garantizar la precisión del texto legal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores en normativa tributaria**: Se corrigen errores en el Reglamento General de la Inspección de los Tributos, publicado en 1986. ⚠️ **No corregidos en edición posterior**: Los errores no fueron corregidos en la corrección de errores publicada en 1986. 📋 **Correcciones específicas**: Se detallan las páginas, artículos y frases afectadas, con la frase original y la frase corregida. ℹ️ **Base legal**: Las correcciones se realizan de conformidad con el artículo 19 del Real Decreto 1511/1986, de 6 de junio. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 25 de abril de 1986 - **Materias**: Tributaria, Administrativa - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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