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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2376/1986, de 7 de noviembre, por el que se amplía y modifica el apéndice I del vigente Arancel de Aduanas aprobado por el Real Decreto 2290/1985, de 4 de diciembre.

BOE-A-1986-29981Publicada: 14/11/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2376/1986, de 7 de noviembre, por el que se amplía y modifica el ap ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2376/1986 modifica y amplía el Apéndice I del Arancel de Aduanas, incorporando nuevos productos con beneficios arancelarios en aplicación de los artículos 33 y 40 del Acta de Adhesión a las Comunidades Europeas. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 999/1960 permite presentar reclamaciones arancelarias en defensa de intereses legítimos. Además, la Adhesión de España a las Comunidades Europeas (artículos 33 y 40) permite suspender o acelerar la aplicación de derechos arancelarios. En este contexto, se formularon peticiones para aplicar dichos artículos a productos importados cuya importación era relevante para sectores industriales. El Apéndice I del Arancel español, aprobado por el Real Decreto 2290/1985, ofrece un marco para aplicar reducciones arancelarias, pero carece de subpartidas específicas para ciertos productos. Por ello, se propuso su incorporación al Apéndice I para facilitar la aplicación de los preceptos mencionados. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2376/1986, de 7 de noviembre de 1986, modifica y amplía el Apéndice I del Arancel de Aduanas, aprobado por el Real Decreto 2290/1985, de 4 de diciembre. La modificación se realiza en virtud del artículo 6.4 de la Ley Arancelaria, que otorga al Gobierno la facultad de hacer modificaciones necesarias. El texto se basa en el dictamen favorable de la Junta Superior Arancelaria y en la propuesta del Ministro de Economía y Hacienda. El Real Decreto establece que el Apéndice I se amplía con la incorporación de nuevos productos, que se clasifican en función de su procedencia (Comunidades Europeas, países con trato arancelario similar o terceros países). La suspensión de derechos arancelarios se aplica a productos procedentes de la Comunidad Económica Europea o de países con trato arancelario similar, con carácter indefinido. Para terceros países, se aplican los tipos vigentes en el Arancel Comunitario. En el Anexo I se detallan los productos para los que se establece la suspensión total de derechos arancelarios, en aplicación del artículo 33 del Acta de Adhesión. En el Anexo II se incluyen productos que, en aplicación de los artículos 33 y 40, se benefician de la suspensión de derechos arancelarios, tanto para productos procedentes de la CEE como para aquellos importados de terceros países. En el Anexo III se modifican las normas anteriores del Apéndice I, anulando el texto y derechos establecidos en el Real Decreto 2290/1985. La modificación se realiza para adaptar el Apéndice I a los nuevos criterios de aplicación de los artículos 33 y 40 del Acta de Adhesión, y para incorporar productos que requieren beneficios arancelarios específicos. Además, se menciona que, en algunos casos, los beneficios arancelarios están supeditados al cumplimiento de un destino concreto, por lo que se incluye la referencia a las disposiciones del Reglamento CEE 1535/1977, que regula el control del empleo de los productos en los destinos indicados. El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y se dicta en Madrid el 7 de noviembre de 1986, firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Economía y Hacienda, Carlos Solchaga Catalan. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2376/1986 modifica el Apéndice I del Arancel de Aduanas para incorporar nuevos productos con beneficios arancelarios. Se basa en la aplicación de los artículos 33 y 40 del Acta de Adhesión a las Comunidades Europeas. El texto entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación del Apéndice I**: Se incorporan nuevos productos con beneficios arancelarios en aplicación de los artículos 33 y 40 del Acta de Adhesión. ⚠️ **Modificaciones al Arancel**: Se anulan las normas anteriores del Apéndice I y se establecen nuevos derechos arancelarios. 📋 **Aplicación de normas comunitarias**: Se refiere a las disposiciones del Reglamento CEE 1535/1977 para el control del empleo de productos en destinos específicos. ℹ️ **Vigencia**: El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 2376/1986 - **Tipo**: Norma de aplicación - **Fecha**: 7 de noviembre de 1986 - **Materias**: Derecho aduanero, arancelario, Comunidades Europeas - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Arancel, Comunidades Europeas, Adhesión, Derechos arancelarios, Apéndice I, Reglamento CEE 1535/1977, Ley Arancelaria. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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