Orden INT/2535/2015, de 11 de noviembre, sobre cumplimiento de las obligaciones de registro documental e información por los centros autorizados para el tratamiento de vehículos al final de su vida útil.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una orden ministerial que unifica los trámites administrativos de los centros autorizados que desguazan vehículos. Antes había que hacer dos comunicaciones separadas: registrar la compra del vehículo en comisaría de policía (por seguridad ciudadana) y tramitar la baja del vehículo en tráfico. Esta norma permite hacer todo en un solo procedimiento electrónico con la Dirección General de Tráfico. **¿A quién afecta?** A los centros autorizados que desguazan o destruyen vehículos al final de su vida útil. Estos establecimientos deben registrar los vehículos que reciben, quién los vende y los datos técnicos de los mismos. **¿Qué cambia o establece?** Los centros pueden enviar telemáticamente un único registro a la Dirección General de Tráfico dentro de 72 horas de recibir cada vehículo. Con esa comunicación cumplen dos obligaciones a la vez: informar a policía sobre la compra y tramitar la baja del vehículo. Los datos incluyen matrícula, bastidor, fecha, vendedor y domicilio. Para vehículos excluidos de este sistema electrónico, se mantiene el trámite tradicional: presentar papeles directamente en comisaría.
💬 Contexto ciudadano
La Orden INT/2535/2015 representa una simplificación administrativa significativa respecto al marco anterior fragmentado, donde los centros de desguace debían cumplir separadamente con obligaciones de seguridad ciudadana (registro en comisaría) y gestión tráfico (baja vehicular). Esta consolidación en un único trámite electrónico ante la Dirección General de Tráfico se alinea con la tendencia estatal de digitalización administrativa y supera deficiencias que existían en gestiones autonómicas dispares. Aunque cada comunidad autónoma mantiene competencias complementarias, esta norma nacional unifica el procedimiento central, mejorando la eficiencia de un sector sometido a regulación europea sobre residuos de vehículos (Directiva 2000/53/CE). Para el ciudadano vendedor de un vehículo a desguace, el impacto es directo: acelera la tramitación de la baja y reduce riesgos de responsabilidades legales por tenencia ilegal. Para centros autorizados, optimiza costes operacionales de cumplimiento normativo en un sector con elevado control regulatorio.