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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2374/1986, de 7 de noviembre, sobre inversiones españolas en el exterior.

BOE-A-1986-29774Publicada: 12/11/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2374/1986, de 7 de noviembre, sobre inversiones españolas en el ext ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2374/1986 establece un marco regulatorio para las inversiones españolas en el exterior, ampliando y modificando el régimen de liberalización de movimientos de capital vigente en la Comunidad Económica Europea. **2. CONTEXTO** Este Real Decreto fue aprobado en el marco de la liberalización progresiva de la economía española, en consonancia con los compromisos internacionales asumidos por España en el Tratado y el Acta de Adhesión a la Comunidad Económica Europea. Se busca facilitar la inversión exterior de los inversores españoles, permitiendo una mayor flexibilidad en el ámbito económico. El Real Decreto 2236/1979, de 1979, fue el primero en regular este tipo de inversiones, pero se consideraba necesario su actualización para adaptarse a los nuevos marcos normativos y económicos. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2374/1986, de 7 de noviembre de 1986, regula las inversiones exteriores realizadas por inversores españoles, con el objetivo de facilitar su liberalización progresiva y adaptarse al régimen de movimientos de capital vigente en la Comunidad Económica Europea. El texto establece que las inversiones exteriores se aplican a los inversores españoles, definidos como personas físicas o jurídicas residentes en España, incluyendo establecimientos y sucursales extranjeros o personas físicas no residentes que tengan su domicilio en España. El Real Decreto define las formas de inversión exterior, entre las que se incluyen las inversiones directas, que se consideran cuando el inversor español adquiere participaciones en una sociedad extranjera que le permiten influir efectivamente en su gestión o control. Se establece que se presume la existencia de dicha influencia cuando la participación sea igual o superior al 20% del capital de la sociedad, o cuando existan otras circunstancias que lo indiquen. Además, el Real Decreto otorga al Ministerio de Economía y Hacienda la facultad de otorgar autorizaciones administrativas generales para las inversiones reguladas, así como de anticipar la liberalización de ciertas inversiones en virtud de los compromisos internacionales de España. También se le otorga la facultad de dictar normas complementarias para el desarrollo del Real Decreto, incluyendo obligaciones de información para verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales y de control de cambios. El Real Decreto establece que las inversiones exteriores que se refieran al artículo 2 seguirán reguladas por la normativa especial aplicable. Además, se deroga el Real Decreto 2236/1979, de 1979, y otras disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a este nuevo régimen. Se establecen disposiciones transitorias y finales, entre las que se incluye que el Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2374/1986 establece un marco regulatorio para las inversiones españolas en el exterior, ampliando y modificando el régimen de liberalización. Se deroga el anterior Real Decreto 2236/1979 y se otorgan facultades al Ministerio de Economía y Hacienda para regular y supervisar las inversiones exteriores. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Definición de inversores españoles**: Incluye personas físicas y jurídicas residentes en España, así como establecimientos y sucursales extranjeros. ⚠️ **Inversiones directas**: Se consideran cuando el inversor tiene participación del 20% o más en una sociedad extranjera o cuando se presume influencia efectiva. 📋 **Facultades del Ministerio de Economía y Hacienda**: Otorga autorizaciones, regula información y supervisión fiscal. ℹ️ **Derogación del Real Decreto 2236/1979**: Se sustituye por el nuevo régimen para adaptarse a la liberalización. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 2374/1986 - **Tipo**: Norma de rango general - **Fecha**: 7 de noviembre de 1986 - **Materias**: Inversión exterior, economía, control de cambios, fiscalidad - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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