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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2514/1986, de 7 de noviembre, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias, en materia de educación no universitaria (Institutos de Orientación Educativa y Profesional y Centro ECCA).

BOE-A-1986-32189Publicada: 10/12/1986MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2514/1986, de 7 de noviembre, sobre ampliación de medios adscritos ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2514/1986 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de transferencias de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de educación no universitaria, incluyendo los Institutos de Orientación Educativa y Profesional y el Centro ECCA. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 2091/1983 aprobó el acuerdo de la Comisión Mixta de transferencias a la Comunidad Autónoma de Canarias de 17 de septiembre de 1985, en el que se traspasaron funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de educación. Entre los servicios traspasados no se incluyó el personal de los Institutos de Orientación Educativa y Profesional ni el Centro ECCA, que quedó adscrito al Ministerio de Educación y Ciencia. Para completar el proceso de transferencias, la Comisión Mixta, prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de Canarias, adoptó en su reunión del 17 de septiembre de 1985 el acuerdo de traspaso de ampliación de medios, que se aprueba mediante este Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2514/1986, de 7 de noviembre, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de transferencias de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de educación no universitaria. Este acuerdo, adoptado en su reunión del 17 de septiembre de 1985, se incorpora al ordenamiento jurídico mediante este Real Decreto, que se expide a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del 7 de noviembre de 1986. El Real Decreto establece que los servicios traspasados incluyen los Institutos de Orientación Educativa y Profesional y el Centro ECCA, que hasta entonces estaban adscritos al Ministerio de Educación y Ciencia. Se traspasan los derechos, obligaciones y personal que figuran en las relaciones adjuntas al anexo del acuerdo de la Comisión Mixta. Los traspasos tienen efectividad a partir de la fecha señalada en el acuerdo, sin perjuicio de que el Ministerio de Educación y Ciencia produzca hasta la entrada en vigor del Real Decreto los actos necesarios. En cuanto a la financiación de los servicios traspasados, se establece que será objeto de regularización del cierre de cada ejercicio económico mediante la presentación de las cuentas y estados justificativos correspondientes ante una comisión de liquidación que se constituirá en el Ministerio de Economía y Hacienda. Durante sesenta días, a partir de la fecha de publicación del Real Decreto aprobador y, en todo caso, hasta la efectividad del mismo, el Ministerio de Educación y Ciencia seguirá asumiendo la gestión y pago de las obligaciones correspondientes del presupuesto de gastos (Capítulo II) que sean exigibles en dicho periodo y cuyo vencimiento esté previsto por su carácter periódico o por causas contractuales. Los créditos correspondientes a las retribuciones del personal relacionado (Capítulo I) no serán dados de baja en el ejercicio corriente, gestionándose los pagos por el MEC hasta el 31 de diciembre de 1986. Lo dispuesto en el párrafo anterior deberá ser considerado al efectuar la periodificación y cálculo de los créditos a retener y transferir a la sección 32 de los presupuestos generales del Estado, mediante la tramitación del oportuno expediente de modificación presupuestaria que se efectuará por el procedimiento de urgencia. Además, se establece que la entrega de la documentación y expedientes de los servicios traspasados se realizará en el plazo de un mes a partir de la entrada en vigor del Real Decreto por el que se efectúe el traspaso de los centros de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias. Los traspasos de medios objeto de este acuerdo tendrán efectividad a partir del 1 de enero de 1987. El acuerdo se expide en Madrid a 17 de septiembre de 1985, firmado por los secretarios de la Comisión Mixta, Doña Marta Lobón Cervia y Don José Javier Torres Lana. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2514/1986 aprueba el acuerdo de transferencia de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de educación no universitaria. Establece la efectividad de los traspasos, la gestión de obligaciones financieras y la entrega de documentación. Este Real Decreto refleja el proceso de descentralización y transferencia de competencias en materia educativa a la Comunidad Autónoma de Canarias. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de medios**: Se traspasan los Institutos de Orientación Educativa y Profesional y el Centro ECCA. ⚠️ **Financiación**: Se establece la regularización de la financiación mediante comisión de liquidación. 📋 **Plazos y efectividad**: Los traspasos tienen efectividad a partir del 1 de enero de 1987. ℹ️ **Procedimiento de urgencia**: Se tramita expediente de modificación presupuestaria por procedimiento de urgencia. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 2514/1986 - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 7 de noviembre de 1986 - **Materias**: Educación, Administración pública, Transferencia de competencias - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto, transferencia de medios, educación no universitaria, Comunidad Autónoma de Canarias, descentralización, gestión financiera, traspaso de servicios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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