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Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 19 de diciembre de 1986, de la Subsecretaría, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de diciembre de 1986 por el que se fijan los complementos específicos correspondientes a los puestos de trabajo del Organismo autónomo Fondo de Ordenación y Regulación de Producciones y Precios Agrarios.

BOE-A-1986-33304Publicada: 23/12/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 19 de diciembre de 1986, de la Subsecretaría, por la que se ordena ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 19 de diciembre de 1986 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de diciembre de 1986, que establece los complementos específicos para los puestos de trabajo del Organismo Autónomo Fondo de Ordenación y Regulación de Producciones y Precios Agrarios, en cumplimiento de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1985. **2. CONTEXTO** El documento surge en el marco de la regulación de remuneraciones en el sector público español, concretamente en el ámbito agrario. El Acuerdo busca garantizar que las retribuciones de los puestos de trabajo del Fondo Agrario se ajusten a criterios de dificultad, responsabilidad o peligrosidad, conforme a la normativa vigente. La Resolución de 1986 formaliza la publicación del acuerdo, que se convierte en norma aplicable a partir de 1 de diciembre de 1986. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Acuerdo establece tres puntos clave: 1. **Definición de puestos de trabajo**: Los puestos dependientes del Organismo Autónomo Fondo de Ordenación y Regulación de Producciones y Precios Agrarios (excluyendo aquellos en el extranjero) se detallan en un catálogo anexo. Este catálogo especifica el número de dotaciones, el nivel de complemento de destino y la cuantía anual del complemento específico, con el objetivo de que la retribución total refleje adecuadamente la complejidad de cada puesto (Artículo 1). 2. **Aplicación del régimen retributivo**: El régimen previsto en los artículos 11 y siguientes de la Ley 50/1984 (Presupuestos Generales del Estado para 1985) se aplica con efectos económicos a partir de 1 de diciembre de 1986 para los titulares de los puestos incluidos en el catálogo (Artículo 2). 3. **Disposiciones transitorias**: Durante los tres meses siguientes a la entrada en vigor del catálogo, el personal afectado puede percibir una cantidad equivalente a las retribuciones del sistema anterior, incluyendo el complemento de dedicación exclusiva. Esta cantidad se convertirá en definitiva para quienes no sean readaptados a nuevos puestos, sin posibilidad de ampliar el plazo (Artículo 3). El Acuerdo se fundamenta en el Artículo 11 de la Ley 50/1984, que establece el marco general para la fijación de retribuciones en el sector público. Además, se menciona la normativa vigente para las modificaciones posteriores de los niveles de complemento y dotaciones, garantizando flexibilidad en su actualización. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma fija complementos específicos para puestos del Fondo Agrario, aplica un régimen retributivo desde diciembre de 1986 y establece medidas transitorias para garantizar la continuidad de las retribuciones. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Complementos específicos**: Se detallan por puesto, considerando su dificultad y responsabilidad. ⚠️ **Plazo transitorio**: Tres meses para ajustar retribuciones, sin posibilidad de extensión. 📋 **Cumplimiento normativo**: Basado en el Artículo 11 de la Ley 50/1984. ℹ️ **Flexibilidad**: Permite modificaciones posteriores de dotaciones y niveles de complemento. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Resolución de 19 de diciembre de 1986, Subsecretaría. - **Tipo**: Norma de aplicación (Orden Ministerial). - **Fecha**: 19 de diciembre de 1986. - **Materias**: Administración pública, retribuciones, sector agrario. - **Relevancia**: ALTA (regula aspectos clave de la gestión del Fondo Agrario). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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