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Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 19 de diciembre de 1986, de la Subsecretaría, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de diciembre de 1986 por el que se fijan los complementos específicos correspondientes a los puestos de trabajo del Consejo de Estado.

BOE-A-1986-33303Publicada: 23/12/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 19 de diciembre de 1986, de la Subsecretaría, por la que se ordena ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 19 de diciembre de 1986 ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de diciembre de 1986, que establece los complementos específicos para los puestos de trabajo del Consejo de Estado, en cumplimiento de la Ley 50/1984 de Presupuestos Generales del Estado para 1985. **2. CONTEXTO** El Acuerdo fue aprobado por el Consejo de Ministros para regular la remuneración de los empleados públicos del Consejo de Estado, garantizando que sus salarios reflejen la complejidad y responsabilidad de sus funciones. La norma se inscribe en el marco de la Ley de Presupuestos, que establece bases para la fijación de remuneraciones en la Administración pública. La Resolución de 19 de diciembre de 1986 formaliza su publicación como anexo. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Acuerdo fija los complementos específicos para los puestos de trabajo del Consejo de Estado, detallando su cantidad anual en pesetas, nivel de complemento de destino y número de dotaciones. Se incluye un catálogo anexo que enumera los puestos y sus características. El texto establece que las modificaciones posteriores se ajustarán a la normativa vigente. **Artículo 1**: Los puestos de trabajo dependientes del Consejo de Estado son los detallados en el catálogo anexo, que especifica el número de dotaciones, el nivel de complemento de destino y la cuantía anual del complemento específico. El objetivo es asegurar que la remuneración total de cada puesto esté en proporción con su dificultad, dedicación, responsabilidad, peligrosidad o penosidad. **Artículo 2**: El régimen retributivo previsto en los artículos 11 y siguientes de la Ley 50/1984 se aplica con efectos económicos a partir del 1 de diciembre de 1986 para los titulares de los puestos incluidos en el catálogo. Esto implica la aplicación de los complementos específicos establecidos en el Acuerdo. **Artículo 3**: Durante un plazo máximo de tres meses desde la aprobación del catálogo hasta su reflejo en la nómina, el personal afectado puede percibir una cantidad equivalente a las retribuciones del sistema anterior, incluyendo el complemento de dedicación exclusiva. Estas cantidades a cuenta se convierten en definitivas para los funcionarios que no sean designados en nuevos puestos, sin posibilidad de ampliar el plazo. El Acuerdo se fundamenta en el artículo 11 de la Ley 50/1984, que establece la base para la fijación de remuneraciones en la Administración pública. La norma garantiza la continuidad de la retribución durante la transición, evitando discontinuidades salariales. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece complementos específicos para puestos del Consejo de Estado, aplica un régimen retributivo desde diciembre de 1986 y establece un periodo de transición para evitar afectaciones salariales. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Catálogo de puestos**: Detalla los puestos, dotaciones y complementos específicos. ⚠️ **Transición salarial**: Permite recibir una cantidad a cuenta durante tres meses. 📋 **Cumplimiento legal**: Basado en el artículo 11 de la Ley 50/1984. ℹ️ **Aplicación gradual**: Los cambios en complementos se ajustan a la normativa vigente. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Resolución de 19 de diciembre de 1986, Subsecretaría. - **Tipo**: Reglamento (orden ministerial). - **Fecha**: 19 de diciembre de 1986. - **Materias**: Administración pública, retribución, Consejo de Estado. - **Relevancia**: ALTA (regula aspectos clave de la remuneración en la Administración pública). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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