Corrección de erratas del Real Decreto 2528/1986, de 28 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento General de Contratación del Estado para adaptarlo al Real Decreto Legislativo 931/1986, de 2 de mayo, y a las directivas de la Comunidad Económica Europea.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas del Real Decreto 2528/1986, de 28 de noviembre, por el que ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2528/1986 corrige errores tipográficos y redaccionales en el Reglamento General de Contratación del Estado, adaptándose a normativas vigentes y directivas europeas. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 2528/1986, publicado en el *Boletín Oficial del Estado* el 12 de diciembre de 1986, modificó el Reglamento General de Contratación del Estado para alinearse con el Real Decreto Legislativo 931/1986 y directivas europeas. Durante su publicación, se detectaron errores en la transcripción de artículos y párrafos, lo que generó ambigüedades en su aplicación. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto corrige errores en 12 puntos específicos del Reglamento General de Contratación del Estado, con las siguientes rectificaciones: - **Preámbulo, párrafo 1, penúltima línea**: Se corrige «Directivas comunitarias que puedan hacerse efectivos» a «Directivas comunitarias que pueden hacerse efectivos». - **Artículo 23, punto 10, párrafo 3**: Se modifica «La prueba, por otra parte, de los empresarios» a «La prueba por parte de los empresarios». - **Artículo 25, punto 4, párrafo 2**: Se corrige «artículos 287 bis, 287 ter o 310» a «artículos 287 bis, 287 ter o 320». - **Artículo 96, apartado f)**: Se ajusta «para obtener dicho documentos» a «para obtener dichos documentos». - **Artículo 96 bis, apartado d)**: Se modifica «declaraciones ulteriores verificables» a «declaraciones ulteriormente verificables». - **Artículo 109, apartado b)**: Se corrige «aprobación presuma fundamentalmente» a «aprobación presuma fundadamente». - **Artículo 112, párrafo 1**: Se ajusta «artículo 24 LEC» a «articulo 34 LEC». - **Artículo 113, párrafo 1**: Se corrige «Se celebrará mediante concurso» a «Se celebrarán mediante concurso». - **Artículo 116, párrafo 3**: Se modifica «sin atender necesariamente el valor económico» a «sin atender necesariamente al valor económico». - **Artículo 117, punto 9, párrafo 2**: Se corrige «al menos tres Empresas» a «al menos a tres Empresas». - **Artículo 117, punto 9, párrafo 3**: Se ajusta «se integrarán en el presupuesto» a «se integrará en el presupuesto». Estas correcciones buscan garantizar la precisión en la interpretación de normas relacionadas con contrataciones públicas, especialmente en aspectos como la verificación de documentos, la aplicación de directivas europeas y la formalización de procedimientos de adjudicación. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige errores en el Reglamento General de Contratación del Estado, asegurando su coherencia con normativas vigentes. Las rectificaciones afectan aspectos clave como la verificación de documentos, la aplicación de directivas y la formalización de contratos. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores tipográficos**: Se ajustan errores en 12 artículos, incluyendo referencias a artículos de la Ley de Contratos del Estado (LEC). ⚠️ **Impacto en la aplicación de normas**: Las correcciones son críticas para evitar ambigüedades en procedimientos de contratación pública. 📋 **Adaptación a directivas europeas**: Se corrige la redacción para alinearse con normativas comunitarias. ℹ️ **Relevancia para contrataciones públicas**: Las modificaciones afectan aspectos como la verificación de declaraciones y la formalización de contratos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional (España). - **Fuente**: Real Decreto 2528/1986, de 28 de noviembre. - **Tipo**: Rectificación de errores en normativa. - **Fecha**: 28 de noviembre de 1986. - **Materias**: Contratación pública, directivas europeas, reglamento general. - **Relevancia**: ALTA (afecta a la correcta aplicación de normas en contrataciones públicas). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────