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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2695/1986, de 19 de diciembre, por el que se establece la composición del Consejo Rector de Apuestas Deportivas del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado.

BOE-A-1987-108Publicada: 03/01/1987MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2695/1986, de 19 de diciembre, por el que se establece la composici ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2695/1986 establece la composición del Consejo Rector de Apuestas Deportivas del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado, reemplazando normas anteriores y fijando la estructura de su órgano colegiado. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 904/1985, de 11 de junio, había establecido transitoriamente la adscripción del Consejo Rector de Apuestas Deportivas al Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado, con una composición provisional similar a la del Consejo de Administración del Patrónato de Apuestas Mutuas Deportivas Benéficas. Dicha norma no fijaba definitivamente la estructura del Consejo, lo que generó la necesidad de un nuevo régimen legal. El Real Decreto 2695/1986 responde a esa necesidad, consolidando la organización del Consejo y derogando disposiciones anteriores que se contradecían. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2695/1986, de 19 de diciembre de 1986, regula la composición del Consejo Rector de Apuestas Deportivas, instituyendo un órgano colegiado bajo la supervisión del Ministerio de Economía y Hacienda. Según el artículo único, el Consejo está compuesto por: - **Presidente**: El Director General del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado. - **Vocales**: - Dos representantes del Consejo Superior de Deportes, designados por su presidente. - Un representante del Ministerio del Interior. - El Director General de Acción Social o persona en quien se delegue. - El Presidente de la Real Federación de Fútbol. - El Presidente y el Secretario General de la Liga Profesional de Fútbol. - Cinco vocales designados por el Ministerio de Economía y Hacienda, de los cuales: - Uno a propuesta de la Federación Española de Municipios y Provincias. - Otro en representación de la prensa deportiva. - **Secretario**: El Asesor Jurídico del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado. El decreto deroga los siguientes instrumentos: - El Decreto 1040/1967, de 11 de mayo (BOE 19). - El Decreto 2520/1974, de 9 de agosto (BOE 13 de septiembre). - La Orden de 24 de diciembre de 1974 (BOE 8 de enero de 1975), así como disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a su contenido. El Real Decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. La norma se emitió en Madrid el 19 de diciembre de 1986, firmada por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Economía y Hacienda, Carlos Solchaga Catalán. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2695/1986 establece una estructura clara y funcional para el Consejo Rector de Apuestas Deportivas, integrando representantes de distintas instituciones y sectores. La derogación de normas anteriores asegura la vigencia de un marco legal actualizado. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Composición del Consejo**: Incluye al Director General del Organismo Nacional de Loterías, representantes de organismos públicos y sector privado. ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: Elimina disposiciones conflictivas, garantizando coherencia legal. 📋 **Función del Asesor Jurídico**: Actúa como secretario, asegurando la formalidad del órgano colegiado. ℹ️ **Vigencia**: Entró en vigor al día siguiente de su publicación, con efectos inmediatos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Real Decreto 2695/1986. - **Tipo**: Decreto ley. - **Fecha**: 19 de diciembre de 1986. - **Materias**: Apuestas deportivas, organización de organismos públicos, derecho administrativo. - **Relevancia**: ALTA (establece un marco legal fundamental para la gestión de apuestas deportivas en el Estado español). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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