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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 23 de diciembre de 1986 por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera. (Continuación).

BOE-A-1987-49923Publicada: 17/01/1987MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 23 de diciembre de 1986 por la que se aprueba la Instrucción de Contabi ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 23 de diciembre de 1986 establece la Instrucción de Contabilidad de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, que define los procedimientos contables aplicables a las operaciones de la Administración General del Estado. 2. **CONTEXTO** La norma forma parte del marco regulatorio de contabilidad pública en España, destinado a garantizar la transparencia y la homogeneidad en la gestión financiera del Estado. Fue aprobada en un contexto de consolidación de la administración pública y su integración en sistemas de control y auditoría. La Instrucción se complementa con otras normas vigentes, como la Ley de Contabilidad Pública de 1985. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 1986 aprueba una Instrucción que establece los principios y procedimientos contables para la Dirección General del Tesoro y Política Financiera. Según el artículo 1, la Instrucción se fundamenta en la Ley de Contabilidad Pública de 1985 y en la normativa vigente sobre gestión financiera. El artículo 2 detalla que la contabilidad debe reflejar "la realidad económica de las operaciones" y cumplir con los principios de objetividad, consistencia y prudencia. El artículo 3 establece que los registros contables deben incluir "todos los elementos patrimoniales y las operaciones económicas que afecten al patrimonio de la Administración". El artículo 4 detalla las obligaciones de documentación, exigiendo que "cada operación contable se registre con la fecha de su realización y con la información suficiente para su identificación". Además, el artículo 5 establece que los libros contables deben ser revisados anualmente por el órgano competente, garantizando la veracidad de los datos. La Instrucción también incluye disposiciones sobre la clasificación de operaciones, el uso de sistemas informáticos y la conservación de documentos. La norma se aplica a las operaciones de la Administración General del Estado, incluyendo la gestión de tesorería, créditos y deudas. Según el artículo 6, los funcionarios deben cumplir con las normas establecidas en la Instrucción, y su incumplimiento puede dar lugar a responsabilidades administrativas. La Instrucción se complementa con la normativa de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, que establece los límites y objetivos de la gestión financiera. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 establece un marco contable para la Dirección General del Tesoro, garantizando la transparencia y la legalidad en la gestión financiera. La norma se alinea con la legislación vigente y establece procedimientos claros para la contabilidad pública. Su aplicación es esencial para la correcta administración del patrimonio estatal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Aprobación de la Instrucción de Contabilidad**: Define procedimientos para la gestión financiera del Estado. ⚠️ **Cumplimiento de principios contables**: Exige objetividad, consistencia y prudencia en los registros. 📋 **Documentación obligatoria**: Requiere la conservación de registros y su revisión anual. ℹ️ **Alineación con la Ley de Presupuestos**: Integra la norma en el marco legal de la administración pública. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Orden Ministerial de 23 de diciembre de 1986. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 23 de diciembre de 1986. - **Materias**: Contabilidad pública, gestión financiera, administración del Estado. - **Relevancia**: ALTA (establece un marco regulatorio fundamental para la contabilidad pública). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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