Real Decreto 2740/1986, de 24 de diciembre, por el que se modifica el anexo a la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tarifa Especial de Arbitrio Insular a la entrada de mercancías en las islas Canarias.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2740/1986, de 24 de diciembre, por el que se modifica el anexo a la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2740/1986 modifica el anexo de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tarifa Especial del Arbitrio Insular a la entrada de mercancías en las Islas Canarias, incorporando dos nuevos productos: el ron y la carne de porcino fresca y refrigerada. La modificación entra en vigor al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE). **2. CONTEXTO** El Real Decreto 997/1978, de 12 de mayo, aprobó la Ordenanza Fiscal que establecía la Tarifa Especial del Arbitrio Insular, limitada a productos enumerados en su anexo. En 1986, la Comunidad Autónoma de Canarias inició un expediente para modificar el anexo, solicitando la inclusión de nuevos productos. El proceso incluyó un informe técnico-económico, una consulta pública de quince días y la aprobación provisional por el Gobierno de Canarias. El Ministerio de Economía y Hacienda estudió el expediente y validó la modificación, considerando la suficiente capacidad productiva en Canarias y la necesidad de garantizar precios y empleo. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2740/1986 se basa en el procedimiento previsto en el Real Decreto 997/1978, que establece que las modificaciones al anexo de la Ordenanza Fiscal deben seguir un régimen de tramitación reglamentario. Según el artículo 7 de dicho Real Decreto, la modificación se concreta en la inclusión de dos nuevos productos, que se encuentran en el Anexo B del Protocolo Número 2 del Acta de Adhesión de España a las Comunidades Europeas. Este protocolo prevé la subsistencia de la exacción denominada Arbitrio Insular-Tarifa Especial, limitada a los productos enumerados en el anexo, con un tipo impositivo del 90 % del que figura en el mismo. El expediente de modificación fue incoado por la Comunidad Autónoma de Canarias, a instancia de los interesados legitimados, y aprobado provisionalmente el 6 de junio de 1986, tras un informe técnico-económico que analizó su incidencia en la producción interior canaria, el comercio nacional e internacional, así como en los niveles de precios y puestos de trabajo. El acuerdo fue publicado en el *Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma* el 2 de julio de 1986, y se puso de manifiesto al público durante quince días en todos los Cabildos Insulares. El expediente completo fue remitido al Ministerio de Economía y Hacienda el 2 de octubre de 1986, tras lo cual se realizó un estudio. El Ministerio de Economía y Hacienda, tras verificar que se cumplieron todos los requisitos y trámites necesarios, resolvió elevar al Gobierno una propuesta para aprobar la modificación con carácter definitivo, en virtud del artículo 22 de la Ley 30/1972, de 22 de junio, desarrollado por el Real Decreto 997/1978. La modificación fue aprobada definitivamente en la reunión del Consejo de Ministros del 24 de diciembre de 1986. El artículo 1 del Real Decreto 2740/1986 detalla la incorporación de los productos mencionados al anexo de la Ordenanza Fiscal. La disposición final establece que el Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto modifica la Tarifa Especial del Arbitrio Insular para incluir nuevos productos, siguiendo un procedimiento reglamentario que garantiza la transparencia y la participación pública. La modificación fue validada por el Ministerio de Economía y Hacienda, considerando su impacto en la producción y empleo en Canarias. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Inclusión de nuevos productos**: Rum y carne de porcino fresca/refrigerada en el anexo de la Tarifa Especial. ⚠️ **Procedimiento reglamentario**: Seguimiento de trámites como informe técnico, consulta pública y aprobación del Ministerio. 📋 **Validación por el Ministerio**: Confirmación de la viabilidad económica y social de la modificación. ℹ️ **Vigencia**: Entrada en vigor al día siguiente de la publicación en el BOE. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 2740/1986 - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 24 de diciembre de 1986 - **Materias**: Impuestos, comercio, autonomía de Canarias - **Relevancia**: ALTA (afecta a la regulación fiscal de las Islas Canarias y a la producción local). **Palabras clave**: Tarifa Especial, Arbitrio Insular, Canarias, Real Decreto, procedimiento reglamentario, productos excluidos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. 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