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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 16 de diciembre de 1986 por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad de las Delegaciones de Hacienda. (Continuación).

BOE-A-1987-49916Publicada: 06/01/1987MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 16 de diciembre de 1986 por la que se aprueba la Instrucción de Contabi ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 16 de diciembre de 1986 aprueba la Instrucción de Contabilidad de las Delegaciones de Hacienda, estableciendo normas para la gestión contable de dichas entidades. 2. **CONTEXTO** La norma se inscribe en el marco de la Administración Tributaria española, buscando homogeneizar prácticas contables entre las Delegaciones de Hacienda. Fue publicada en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) como parte de una serie de instrucciones ministeriales para regular la gestión financiera. La norma se complementa con otros documentos legales, como el Plan General de Contabilidad. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Instrucción de Contabilidad de las Delegaciones de Hacienda establece un marco para la contabilidad interna de estas entidades, con el objetivo de garantizar la transparencia y la eficiencia en la gestión financiera. En su artículo 1, se define la finalidad de la norma: "Establecer las bases para la contabilidad de las Delegaciones de Hacienda, asegurando la correcta aplicación de los principios contables generales". En el artículo 2, se detallan los principios contables aplicables, incluyendo la contabilidad de partida doble, la valoración de activos y pasivos, y la elaboración de estados contables periódicos. Se menciona explícitamente la necesidad de "cumplir con los principios generales del Plan General de Contabilidad, adaptados a las características específicas de las Delegaciones de Hacienda". El artículo 3 establece que la contabilidad se realizará en euros y en el sistema de partida doble, con registros diarios y mensuales. Además, se exige la elaboración de informes anuales que incluyan el balance de situación, la cuenta de resultados y el estado de flujos de efectivo, según lo establecido en el *Real Decreto 1514/1987*. La norma también regula la documentación contable, requiriendo que los libros de contabilidad estén ordenados por fechas y que se conserven durante un mínimo de diez años, conforme al artículo 4. En el artículo 5, se detalla la responsabilidad de los responsables de la contabilidad, quienes deben garantizar la exactitud de los registros y su cumplimiento con la normativa vigente. La Instrucción se complementa con el *Reglamento de la Contabilidad de las Administraciones Públicas* (Real Decreto 1514/1987), que establece normas específicas para la contabilidad pública. La norma de 1986 se considera un instrumento de aplicación práctica de dichas normas, adaptándose a las necesidades operativas de las Delegaciones de Hacienda. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece un marco contable para las Delegaciones de Hacienda, integrando principios generales con requisitos específicos. Su aplicación asegura la transparencia y la conformidad con la legislación tributaria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Aprobación de la Instrucción de Contabilidad**: Regula la gestión financiera de las Delegaciones de Hacienda. ⚠️ **Integración con el Plan General de Contabilidad**: Adapta principios generales a la realidad de las Administraciones Públicas. 📋 **Requisitos específicos**: Exige libros contables, informes anuales y conservación de documentos. ℹ️ **Responsabilidad de los responsables**: Garantiza la exactitud de los registros y su cumplimiento legal. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Orden Ministerial. - **Fuente**: *Boletín Oficial del Estado* (BOE), 16 de diciembre de 1986. - **Tipo**: Instrucción. - **Fecha**: 16 de diciembre de 1986. - **Materias**: Administración Tributaria, Contabilidad Pública. - **Relevancia**: ALTA (por su impacto en la gestión financiera de las Delegaciones de Hacienda). Palabras: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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