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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 2528/1986, de 28 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento General de Contratación del Estado para adaptarlo al Real Decreto Legislativo 931/1986, de 2 de mayo, y a las Directivas de la Comunidad Económica Europea.

BOE-A-1987-162Publicada: 05/01/1987MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 2528/1986, de 28 de noviembre, por el que ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2528/1986, de 28 de noviembre, fue corregido para corregir errores tipográficos y de redacción en su texto original, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 297 de 12 de diciembre de 1986. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 2528/1986 fue aprobado con el objetivo de modificar el Reglamento General de Contratación del Estado, adaptándolo a la normativa vigente, incluyendo el Real Decreto Legislativo 931/1986 y las Directivas de la Comunidad Económica Europea. Sin embargo, se detectaron errores en su texto original, que afectaban la claridad y la correcta aplicación de las normas. Para corregir estos errores, se aprobó un nuevo Real Decreto de corrección de errores, que se publicó posteriormente. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2528/1986, de 28 de noviembre, fue corregido mediante una serie de rectificaciones que abarcan errores de mayúsculas, redacción y numeración en diversos artículos del Reglamento General de Contratación del Estado. Estas correcciones se detallan en el texto del Real Decreto de corrección, que se publicó en el BOE. En concreto, se corrigieron errores en la página 40546, donde se modificó la capitalización de la palabra «Ordenamiento Jurídico Comunitario», que debía figurar con letra minúscula. También se corrigió el artículo 23.10, tercer párrafo, donde la palabra «autoridad» debía aparecer con letra mayúscula. En el artículo 23 bis, quinto párrafo, se corrigió la frase «corresponde al Ministerio de Economía y Hacienda» para que se refiriera al «Ministro de Economía y Hacienda». En la página 40547, se corrigieron errores en el artículo 25, segundo párrafo, donde se modificó la frase «documento nacional de identidad» para que las letras iniciales fueran mayúsculas. En el artículo 31, se corrigió la frase «el importe máximo de aquéllas y la» para que se refiriera a «el importe máximo de aquella y la». En la página 40548, se corrigió el artículo 82.13, donde la palabra «Contratos» debía figurar con letra minúscula. En la página 40550, se corrigió el artículo 100, tercer párrafo, donde la palabra «Oficinas» debía figurar con letra minúscula. En la página 40552, se corrigieron errores en el artículo 244.1, donde se modificó la frase «satisfacer mediante suministro» para que fuera «satisfacer mediante el suministro», y en el artículo 244.1, se corrigió la frase «tener en cuanta» para que fuera «tener en cuenta». En el artículo 244.5, se corrigió la frase «en que la misma se fundamenta» para que fuera «en que la misma se fundamente». En la página 40553, se corrigieron errores en el artículo 244.18, donde se modificó la frase «y demás normas tributarias y remisión» para que fuera «y demás normas de contratación y revisión». En el artículo 247.6, se corrigió la frase «para su utilización común con la Administración» para que fuera «para su utilización común por la Administración». Además, se intercalaron nuevos párrafos entre el artículo 4 y el artículo 284, que crearon los artículos 287 bis, 287 ter, 316 bis, 316 ter y 316 cuarto, integrados en el Reglamento General de Contratación del Estado. En la página 40555, se corrigió el artículo 149.1, decimoctavo, donde se modificó la frase «artículo 149.1, decimoctavo» para que fuera «artículo 149.1, decimoctavo». También se corrigieron errores en la capitalización de las palabras «Empresa o Empresas» y «Contratación», que aparecían con letra mayúscula en varios artículos, y debían figurar con letra minúscula. Estas correcciones buscan garantizar la coherencia, claridad y correcta aplicación de las normas del Reglamento General de Contratación del Estado, así como su adaptación a la normativa vigente y a las Directivas europeas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2528/1986 fue corregido para corregir errores en su texto original, que afectaban su claridad y aplicación. Las correcciones incluyen cambios de mayúsculas, redacción y numeración en diversos artículos. Estas modificaciones buscan garantizar la correcta aplicación de las normas del Reglamento General de Contratación del Estado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores tipográficos y de redacción** en el texto del Real Decreto 2528/1986. ⚠️ **Errores en la capitalización de palabras** como «Ordenamiento Jurídico Comunitario» o «Contratación». 📋 **Modificaciones en artículos específicos** como 23.10, 23 bis, 25, 31, 82.13, 100, 244.1, 244.5, 244.18, 247.6, 287 bis, 287 ter, 316 bis, 316 ter y 316 cuarto. ℹ️ **Introducción de nuevos párrafos** en el Reglamento General de Contratación del Estado para mejorar su estructura y claridad. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 28 de noviembre de 1986 (publicado en el BOE el 12 de diciembre de 1986) - **Materias**: Contratación pública, normativa administrativa, errores en normativa - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto 2528/1986, Reglamento General de Contratación, corrección de errores, normativa administrativa, errores de redacción ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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