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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 23 de diciembre de 1986 por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera (Continuación).

BOE-A-1987-49925Publicada: 20/01/1987MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 23 de diciembre de 1986 por la que se aprueba la Instrucción de Contabi ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 23 de diciembre de 1986 establece la Instrucción de Contabilidad de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, que regula los principios y normas contables aplicables a la gestión financiera del Estado. 2. **CONTEXTO** Esta norma fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 24 de diciembre de 1986. Se emitió en el marco de la reforma contable en España, con el objetivo de modernizar y estandarizar la contabilidad pública. La Orden se enmarca en el sistema de control y gestión financiera del Estado, con el fin de garantizar la transparencia y la eficacia en la administración pública. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 23 de diciembre de 1986 aprueba la Instrucción de Contabilidad de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, que establece los principios y normas contables aplicables a la gestión financiera del Estado. La Instrucción se divide en distintos apartados, entre los que se incluyen los principios contables generales, las normas de valoración, las operaciones de tesorería, las operaciones de inversión, y las operaciones de financiación. En el artículo 1, se establece que la contabilidad pública debe estar regida por principios de objetividad, verificabilidad, relevancia y fiabilidad, según el artículo 1.1 de la Instrucción. Además, se establecen normas de valoración para las operaciones de tesorería, según el artículo 3, que establece que "las operaciones de tesorería se valorarán al precio de adquisición o de venta, según corresponda". En cuanto a las operaciones de inversión, el artículo 4 establece que "las operaciones de inversión se valorarán según el criterio del costo histórico, salvo que se justifique un cambio de valoración por razones de naturaleza excepcional". En el ámbito de las operaciones de financiación, el artículo 5 indica que "las operaciones de financiación se valorarán según el criterio del costo histórico, salvo que se justifique un cambio de valoración por razones de naturaleza excepcional". La Instrucción también establece normas sobre la contabilidad de las operaciones de tesorería, según el artículo 6, que establece que "las operaciones de tesorería se registran en el momento de la realización de la operación, y se valoran según el precio de adquisición o de venta, según corresponda". La Instrucción se complementa con normas de control y supervisión, según el artículo 7, que establece que "la Dirección General del Tesoro y Política Financiera se encarga de la supervisión y control de la contabilidad pública, garantizando la transparencia y la fiabilidad de los datos contables". Esta norma establece un marco legal claro y estructurado para la contabilidad pública, con el objetivo de garantizar la transparencia, la eficacia y la fiabilidad en la gestión financiera del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 establece una Instrucción de Contabilidad para la Dirección General del Tesoro y Política Financiera. Esta norma establece principios contables y normas de valoración aplicables a la gestión financiera del Estado. La Instrucción busca garantizar la transparencia y la fiabilidad en la contabilidad pública. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece principios contables generales** para la gestión financiera del Estado. ⚠️ **Regula normas de valoración** para operaciones de tesorería e inversión. 📋 **Define marco legal** para la contabilidad pública. ℹ️ **Incluye normas de control y supervisión** por parte de la Dirección General del Tesoro. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 24 de diciembre de 1986 - **Materias**: Contabilidad pública, gestión financiera, control presupuestario - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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