Corrección de erratas del Real Decreto 27/1987, de 9 de enero, por el que se establecen diversos contingentes arancelarios utilizables en el ejercicio de 1987.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas del Real Decreto 27/1987, de 9 de enero, por el que se est ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 27/1987 corrige una errata en la inserción del propio Real Decreto, publicado en el Boletín Oficial del Estado, para garantizar la correcta aplicación de los contingentes arancelarios. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 27/1987 establece diversos contingentes arancelarios para el ejercicio de 1987. Durante su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se detectó un error en la inserción del texto del Real Decreto. Este error afectaba la correcta aplicación de los contingentes arancelarios. Por ello, se emitió una corrección para corregir dicha errata. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 27/1987, de 9 de enero de 1987, establece diversos contingentes arancelarios utilizables en el ejercicio de 1987. En su publicación en el Boletín Oficial del Estado, número 12, de 14 de enero de 1987, páginas 852 a 854, se detectó una errata en la inserción del texto del Real Decreto. Esta errata consistía en la incorrecta transcripción de una partida arancelaria en el anejo único. En concreto, en la columna correspondiente a la partida arancelaria, donde se indicaba «Ex. 29.01.D.I.B)», se debía indicar «EX. 27.01.D.I.b)». Esta corrección es fundamental para garantizar la correcta aplicación de los contingentes arancelarios establecidos en el Real Decreto. La errata afectaba la interpretación de la partida arancelaria, lo que podría generar confusiones en la aplicación de los contingentes. Por ello, se emitió una corrección para corregir dicha errata y asegurar que el texto del Real Decreto se aplicara correctamente. La corrección se realizó mediante la transcripción del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado, con la corrección de la partida arancelaria mencionada. Esta corrección no modifica el contenido general del Real Decreto, sino que corrige un error de transcripción que afectaba su correcta aplicación. La errata se detectó en la publicación del Real Decreto, lo que permitió su corrección en un segundo momento. Esta corrección es relevante para garantizar la precisión en la aplicación de los contingentes arancelarios establecidos en el Real Decreto 27/1987. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 27/1987 corrige una errata en su propia publicación. Esta corrección es fundamental para garantizar la correcta aplicación de los contingentes arancelarios establecidos. La errata afectaba la transcripción de una partida arancelaria, lo que podría generar confusiones en su aplicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errata**: Se corrige una errata en la publicación del Real Decreto 27/1987. ⚠️ **Impacto en la aplicación**: La errata afectaba la correcta aplicación de los contingentes arancelarios. 📋 **Publicación en Boletín Oficial**: La corrección se realiza mediante la transcripción del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado. ℹ️ **Partida arancelaria afectada**: Se corrige la partida arancelaria en el anejo único del Real Decreto. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 27/1987 - **Tipo**: Corrección de errata - **Fecha**: 9 de enero de 1987 - **Materias**: Arancel, contingentes, errata - **Relevancia**: ALTA Palabras: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────