Corrección de errores de la Orden de 23 de octubre de 1986 por la que se desarrolla el Real Decreto 716/1986, de 7 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 23 de octubre de 1986 por la que se desarro ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto corrige errores en la Orden de 23 de octubre de 1986, que desarrolla el Real Decreto 716/1986, de 7 de marzo, sobre el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social. 2. **CONTEXTO** La Orden de 23 de octubre de 1986 fue publicada en el «Boletén Oficial del Estado» número 261, de fecha 31 de octubre de 1986, páginas 36398 a 36430. Se han identificado errores en el texto de dicha Orden, que afectan a diversos artículos y disposiciones adicionales. El presente Real Decreto corrige dichos errores para garantizar la precisión y coherencia del texto legal. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto corrige errores tipográficos y de redacción en la Orden de 23 de octubre de 1986, que desarrolla el Real Decreto 716/1986, de 7 de marzo, sobre el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social. Las correcciones afectan a varios artículos y disposiciones adicionales, con el objetivo de corregir errores en la redacción de ciertos términos y referencias. En concreto, se corrige en el **Artículo 57**, número 2.1, línea tercera, donde se cambia «compete» por «competente». Esta corrección busca precisar el uso del término en el contexto de la competencia de las administraciones. En el **Artículo 60**, número 4, línea tercera, se corrige «personas» por «prestaciones», lo que mejora la coherencia del texto al referirse a las prestaciones sociales. En el **Artículo 64**, número 1.1, líneas cuarta y quinta, se modifica «los documentos para su identificación» por «los documentos necesarios para su identificación», con el fin de precisar la naturaleza de los documentos requeridos. En el **Artículo 72**, número 4, párrafo segundo, línea quinta, se cambia «sujeto responsable de la» por «sujeto responsable por la», para corregir el uso del preposicional en la redacción. En el **Artículo 83**, número 5, línea segunda, se corrige «76,3 y 77,4» por «76.3 y 77.4», para adecuar la notación numérica al formato correcto. En el **Artículo 87**, número 1, línea cuarta, se modifica «aunque su» por «mientras la», para corregir la redacción de la condición. En el número 2, línea novena, se cambia «en igual orden o como figuren» por «en igual orden a como figuren», para precisar la relación entre los elementos mencionados. En el **Artículo 110**, número 8, párrafo segundo, línea tercera, se corrige «articulo 111 del Código Civil» por «Artículo 1.111 del Código Civil», para adecuar la numeración al formato correcto. En el **Artículo 111**, número 1.1, líneas segunda y tercera, se modifica «al que no extienda» por «al que no se extienda», para corregir el uso del verbo en la redacción. En el **Artículo 112**, número 3.2, línea cuarta, se cambia «Corredor habilitado» por «Corredor de comercio habilitado», para precisar la denominación del concepto. En la **Disposición Adicional Segunda**, número 1, líneas cuarta y quinta, se corrige «párrafo segundo del apartado 2» por «párrafo segundo del apartado 3», para corregir la referencia a la disposición. Estas correcciones son fundamentales para garantizar la exactitud del texto legal y evitar malentendidos en la aplicación de las normas. La corrección de errores en normas jurídicas es un mecanismo común para mantener su vigencia y aplicabilidad en el ámbito de la Administración Pública. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige errores en la Orden de 1986, que desarrolla el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social. Las correcciones afectan a varios artículos y disposiciones adicionales, con el objetivo de mejorar la precisión del texto legal. Estas correcciones son relevantes para la correcta aplicación de las normas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores en normativa**: El Real Decreto corrige errores en la Orden de 1986, que desarrolla el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social. ⚠️ **Impacto en la aplicación de normas**: Las correcciones afectan a varios artículos y disposiciones adicionales, lo que puede influir en la interpretación y aplicación de las normas. 📋 **Precisión del texto legal**: Las correcciones buscan mejorar la exactitud del texto legal, evitando malentendidos. ℹ️ **Relevancia para la Administración Pública**: Las correcciones son relevantes para garantizar la correcta aplicación de las normas en el ámbito de la Administración Pública. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Administrativa - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: No especificada en el texto, pero se refiere a la Orden de 23 de octubre de 1986 - **Materias**: Seguridad Social, Recaudación, Administración Pública - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: corrección de errores, normativa, seguridad social, recaudación, administración pública ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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