Decisiones tomadas por la Comisión Internacional Permanente para las pruebas de las armas de fuego portátiles en su XVIII Sesión Plenaria de junio de 1984, relativas al Convenio para el reconocimiento recíproco de los punzones de pruebas de armas de fuego portátiles y al Reglamento, hecho en Bruselas el 1 de julio de 1969, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 228, de fecha 22 de septiembre de 1973.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Decisiones tomadas por la Comisión Internacional Permanente para las pruebas de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Comisión Internacional Permanente para las Pruebas de las Armas de Fuego Portátiles (CIP) adopta decisiones en su XVIII Sesión Plenaria de 1984, relativas al Convenio para el Reconocimiento Recíproco de los Punzones de Pruebas de Armas de Fuego Portátiles y al Reglamento de Bruselas de 1969, con el objetivo de establecer normas técnicas y de control para la prueba de armas de fuego portátiles. **2. CONTEXTO** La CIP es un organismo internacional encargado de establecer normas y procedimientos para la prueba de armas de fuego portátiles. En 1969, se firmó un Reglamento en Bruselas que establece los criterios para la homologación de armas y munición. En 1984, durante su XVIII Sesión Plenaria, la CIP revisa y actualiza dichas normas, incluyendo especificaciones técnicas para la medición de presiones, la verificación de tipos de armas y la autorización de control de fabricación. Estas decisiones se publican en el Boletín Oficial del Estado en 1973 y entran en vigor en 1985. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La CIP adopta decisiones en su XVIII Sesión Plenaria de 1984, basadas en el Convenio para el Reconocimiento Recíproco de los Punzones de Pruebas de Armas de Fuego Portátiles y el Reglamento de Bruselas de 1969. Estas decisiones incluyen: - **XVIII 1.** Declaración sobre el Decreto Colectivo número 5/1982 del gobierno húngaro, que se declara conforme con las prescripciones de la CIP. - **XVIII 2.** Establecimiento de las presiones máximas admisibles de los gases para cartuchos propulsores con casquillo para aparatos de tiro industriales. - Se establece que, teniendo en cuenta que existen aparatos de tiro industriales con balística interior diferente, es necesario definir las presiones máximas que pueden producir los cartuchos propulsores, dados el volumen de combustión eficaz V y el proyectil MP. - La medición de las presiones se realiza en el interior de una probeta con mazarota, utilizando un captador mecánico eléctrico. - La gamma de medida es hasta 7000 bar. - La superficie de transmisión de la presión es de 6 mm. - La frecuencia propia es de 100 kHz. - La desviación de la linealidad es del 1%. - El filtro electrónico es de 10 kHz (3 dB), con características Bessel N 2 (12 dB/octava). - Se establece la correlación entre el volumen de combustión eficaz V y la presión máxima del gas P, mediante una fórmula específica. - Se menciona que el volumen se establece midiendo el volumen de un líquido, tanto como sea posible sin tensión, previamente presentado al organismo nacional que se acuerde. Este verificará el plan de control y podrá autorizar un control durante la fabricación que asegure que las prescripciones de seguridad de la CIP sean totalmente respetadas. - **XVIII 11.** Prueba de ciertas armas de fuego y aparatos de carga portátiles explosivas. - El párrafo 1.1.1 del Reglamento se reemplaza por una nueva verificación de la designación del tipo. - Se precisa comprobar que el objeto a probar esté de acuerdo con los planos, esquemas y toda la documentación que le acompaña. - La denominación del tipo, la denominación de la clase de aparato (A o B) y la denominación comercial o normalizada de la munición destinada para ser utilizada han de estar marcadas sobre el objeto a probar. - La denominación del tipo no debe acarrear errores o prestarse a confusión con otros objetos ya homologados. - **Objeciones de los países:** - Checoslovaquia notifica el acuerdo de su gobierno sobre las decisiones, excepto la decisión XVIII-7. - Francia notifica el acuerdo del gobierno francés sobre las decisiones, excepto el segundo párrafo de la decisión XVIII-10. - El gobierno francés, en comunicación de 9 de diciembre de 1986, notifica que levanta la reserva que había hecho sobre el segundo párrafo de la decisión XVIII-10. - Italia notifica objeciones respecto a la decisión XVIII-9. - **Vigencia:** - Estas decisiones de la XVIII Sesión Plenaria de la CIP entran en vigor el 1 de octubre de 1985, de conformidad con el artículo 8, apartado 1, del Reglamento. - Se hace público para conocimiento general. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La CIP establece normas técnicas y de control para la prueba de armas de fuego portátiles, incluyendo especificaciones sobre presiones máximas, medición de parámetros técnicos y verificación de tipos. Estas decisiones entran en vigor en 1985 y son notificadas a los países contratantes. Algunos países presentan objeciones, pero la mayoría las acepta. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Establecimiento de presiones máximas admisibles:** Se define el rango de presión para cartuchos propulsores, con especificaciones técnicas detalladas. ⚠️ **Objeciones de algunos países:** Checoslovaquia, Francia e Italia presentan objeciones a ciertas decisiones. 📋 **Vigencia:** Las decisiones entran en vigor el 1 de octubre de 1985. ℹ️ **Procedimiento de verificación:** Se establece un proceso de verificación de la designación del tipo de armas y munición. **6. FICHA** - **Jurisdicción:** Internacional (CIP) - **Fuente:** Decisiones de la XVIII Sesión Plenaria de la CIP, junio de 1984 - **Tipo:** Reglamento, decisión - **Fecha:** 1 de octubre de 1985 (vigencia) - **Materias:** Control de armas de fuego, prueba de munición, normativa técnica - **Relevancia:** ALTA - **Nota:** Estas decisiones son relevantes para la regulación y homologación de armas de fuego portátiles a nivel internacional, estableciendo estándares técnicos y de seguridad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────