Orden de 10 de marzo de 1987 sobre coeficiente de caja de los intermediarios financieros.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 10 de marzo de 1987 sobre coeficiente de caja de los intermediarios fin ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 10 de marzo de 1987 modifica la Orden de 26 de diciembre de 1983, incorporando nuevos elementos en la determinación del coeficiente de caja de los intermediarios financieros. 2. **CONTEXTO** La norma se emite en un contexto de evolución monetaria que exige una adaptación en la regulación financiera. La necesidad de incluir los pasivos en pesetas convertibles en la determinación del coeficiente de caja surge de la evolución de las magnitudes monetarias. La Orden de 1983 establecía ya parámetros para el coeficiente de caja, pero se requiere una actualización para reflejar nuevas realidades económicas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 10 de marzo de 1987 introduce modificaciones a la Orden de 26 de diciembre de 1983, que establecía el coeficiente de caja para los intermediarios financieros. En concreto, se añade al número segundo de dicha Orden, en el apartado H, la inclusión de los pasivos en pesetas convertibles regulados por la Orden de 23 de enero de 1981, modificada por la de 30 de enero de 1986. Además, se incorpora el apartado I, que establece que los incrementos en los saldos de dichos pasivos, desde la entrada en vigor de la presente norma, también serán computables en la determinación del coeficiente de caja. La modificación se justifica en el artículo 1 de la Orden de 1983, que establece que el coeficiente de caja debe calcularse en función de los pasivos y activos de los intermediarios financieros. La nueva norma amplía este cálculo al incluir los pasivos en pesetas convertibles, lo que permite una mejor representación de la liquidez real de los intermediarios. La Orden de 1983, en su artículo 2, establece que el coeficiente de caja se calcula mediante la fórmula: (activos líquidos / pasivos líquidos) × 100. La nueva norma introduce la consideración de los pasivos en pesetas convertibles, lo que implica que estos pasivos, si bien no son moneda corriente, pueden afectar la liquidez del intermediario. La Orden de 1981, en su artículo 1, define los pasivos en pesetas convertibles como aquellos que se encuentran en el sistema financiero y que pueden ser convertidos en moneda corriente en un plazo determinado. La Orden de 1986, en su artículo 2, modifica esta definición para incluir nuevos tipos de pasivos y condiciones de conversión. La nueva norma establece que los incrementos en los saldos de los pasivos en pesetas convertibles, desde la entrada en vigor de la Orden de 1987, también serán considerados en el cálculo del coeficiente de caja. Esto permite una evaluación más precisa de la liquidez del intermediario, especialmente en un contexto de fluctuaciones monetarias. La Orden de 1987 establece que la nueva norma entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esto garantiza que los intermediarios financieros puedan ajustar sus cálculos de coeficiente de caja de forma inmediata, sin necesidad de esperar a una nueva regulación. En resumen, la norma introduce una modificación importante en la regulación del coeficiente de caja, permitiendo una evaluación más precisa de la liquidez de los intermediarios financieros en un contexto de evolución monetaria. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1987 modifica la regulación del coeficiente de caja para incluir los pasivos en pesetas convertibles. Esta modificación busca adaptar la normativa a la evolución de las magnitudes monetarias. La nueva norma entra en vigor al día de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Inclusión de pasivos en pesetas convertibles**: Se incorporan nuevos elementos en la determinación del coeficiente de caja. ⚠️ **Adaptación a la evolución monetaria**: La norma responde a cambios en el sistema financiero. 📋 **Modificaciones a la Orden de 1983**: Se añaden nuevos apartados para mejorar la precisión del cálculo. ℹ️ **Vigencia inmediata**: La norma entra en vigor al día de su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 10 de marzo de 1987 - **Materias**: Finanzas, intermediarios financieros, coeficiente de caja - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: coeficiente de caja, intermediarios financieros, pasivos en pesetas convertibles, regulación financiera, liquidez, normativa monetaria ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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