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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 4 de marzo de 1987 por la que se modifica la Orden de 28 de diciembre de 1970 adaptándola a los actuales catálogos de puestos de trabajo.

BOE-A-1987-6077Publicada: 07/03/1987MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 4 de marzo de 1987 por la que se modifica la Orden de 28 de diciembre d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 4 de marzo de 1987 modifica la Orden de 28 de diciembre de 1970 para adaptarla a los nuevos catálogos de puestos de trabajo, estableciendo la centralización de la adquisición de mobiliario y la uniformización de las composiciones-tipo de mobiliario en los despachos de los funcionarios. 2. **CONTEXTO** La Orden de 1970 establecía un marco para la normalización del mobiliario en los despachos de los funcionarios, centralizando su adquisición. Sin embargo, con la evolución de los catálogos de puestos de trabajo, se generó una discrepancia entre los niveles de los nuevos catálogos y los establecidos en la Orden de 1970. Por ello, se decidió actualizar la norma para garantizar su vigencia y adaptación a las nuevas realidades laborales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 4 de marzo de 1987 modifica la Orden de 28 de diciembre de 1970 con el objetivo de adaptarla a los nuevos catálogos de puestos de trabajo vigentes. La norma establece que las adquisiciones de mobiliario para los despachos de los funcionarios de la Administración del Estado y sus organismos autónomos se realizarán exclusivamente mediante el Servicio Central de Suministros (Dirección General del Patrimonio del Estado). Esto refleja una centralización de la adquisición de este tipo de bienes, con el fin de garantizar la uniformidad y la eficiencia en la gestión de los recursos. Además, se establece que los despachos y el mobiliario complementario destinados a los puestos de trabajo de nivel 30 serán expresamente catalogados. Los directores generales de los distintos departamentos ministeriales y los presidentes o directores de los organismos autónomos podrán asignar dicho mobiliario a los niveles 29 y 28 cuando la representatividad del cargo así lo aconseje. Esto permite una flexibilidad en la asignación del mobiliario, en función de la importancia y la responsabilidad del puesto. La norma también incluye una disposición derogatoria, mediante la cual se derogan todas las normas de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en la presente orden. Esto asegura la vigencia de la nueva normativa y la eliminación de conflictos legales derivados de normas anteriores. La Orden de 1987 se publicó en Madrid el 4 de marzo de 1987, firmada por Solchaga Catalan, Ilmo. Sr. Director General del Patrimonio del Estado. Esta norma se enmarca en el marco de la regulación de la Administración pública, con especial relevancia en la gestión de bienes y recursos materiales en los entes estatales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1987 modifica la normativa de 1970 para adaptarla a los nuevos catálogos de puestos de trabajo. Establece la centralización de la adquisición de mobiliario y la asignación flexible según el nivel de cargo. La norma tiene relevancia alta en materia de gestión de bienes públicos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Adaptación a nuevos catálogos**: La norma se actualiza para reflejar los cambios en los niveles de puestos de trabajo. ⚠️ **Centralización de adquisiciones**: Solo el Servicio Central de Suministros puede adquirir mobiliario para los despachos. 📋 **Flexibilidad en asignación**: Los directores pueden asignar mobiliario de nivel 30 a niveles 29 y 28 según la representatividad del cargo. ℹ️ **Derogación de normas anteriores**: Se elimina la vigencia de normas conflictivas, garantizando la coherencia legal. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Administrativa - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de rango general - **Fecha**: 4 de marzo de 1987 - **Materias**: Gestión de bienes públicos, mobiliario, puestos de trabajo - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: mobiliario, puestos de trabajo, centralización, gestión de bienes, Administración del Estado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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