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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 25 de marzo de 1987 por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 1988.

BOE-A-1987-8057Publicada: 01/04/1987MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 25 de marzo de 1987 por la que se dictan las normas para la elaboración ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 25 de marzo de 1987 establece las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 1988, promoviendo el sistema de presupuestación por objetivos y la consolidación del presupuesto plurianual como herramienta para garantizar la coherencia entre los objetivos de gasto y las directrices de política económica. **2. CONTEXTO** La Orden se emite en el marco de una reforma en la gestión del gasto público, con el objetivo de mejorar la eficacia y coherencia de los presupuestos. Se basa en el Real Decreto 2440/1986, que establece mecanismos de programación y control del gasto público. La norma busca integrar la planificación a medio plazo en la elaboración anual de los presupuestos, con el fin de priorizar los objetivos de gasto según las directrices del gobierno. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 25 de marzo de 1987 establece un marco normativo para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 1988, con el objetivo de implementar el sistema de presupuestación por objetivos y consolidar el presupuesto plurianual como instrumento de planificación a medio plazo. Esta norma se fundamenta en el Real Decreto 2440/1986, de 28 de noviembre de 1986, que establece los mecanismos de programación, presupuestación integrada y control del gasto público. La Orden establece que la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 1988 se enmarcará en una perspectiva plurianual, permitiendo establecer prioridades en los objetivos de gasto en función de las directrices de política económica del gobierno. Para ello, se mantienen vigentes los grupos de trabajo creados para la elaboración del presupuesto de 1987, encargados del análisis y propuesta de distribución funcional del gasto público. Además, se crean comisiones de análisis de subvenciones, transferencias y gastos fiscales, así como comisiones de análisis de programas de generación de servicios públicos. La Intervención General de la Administración del Estado aportará los informes de gestión presupuestaria necesarios para conocer el grado de adecuación de los recursos humanos y materiales disponibles a los fines asignados a cada unidad orgánica y a cada objetivo de gasto. El Comité de Inversiones Públicas analizará los proyectos de inversión presentados por los distintos centros gestores, priorizando aquellos que tengan una mayor rentabilidad económica o social. La Orden también establece que el Plan de Trabajo llevará a cabo las funciones precisas de coordinación y soporte informativo de toda la información necesaria para la obtención del documento final de proyecto de Presupuestos Generales del Estado. Para ello, se desarrollarán los sistemas informáticos necesarios, simplificando los trabajos de confección de la documentación descrita en la Orden a cargo de los correspondientes centros gestores. La Intervención General de la Administración del Estado, en colaboración con la Dirección General de Presupuestos, establecerá las normas y procedimientos necesarios para la realización de los informes de gestión presupuestaria, así como para el seguimiento del grado de realización de los objetivos para los que se han dotado medios financieros en los Presupuestos Generales del Estado, en aquellos programas que presenten un marcado carácter finalista. Se autoriza a la Dirección General de Planificación para establecer las normas sobre estructura, contenido y procedimiento de elaboración de contrato-programa. Asimismo, se autoriza a la Dirección General de Presupuestos a establecer los formatos de la documentación a rendir por las sociedades estatales, a las que hace referencia el apartado 2.3 de la presente Orden. Finalmente, se deroga la Orden de 21 de abril de 1986, por la que se dictan normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 1987. Esta derogación permite actualizar y mejorar el marco normativo vigente para la elaboración de los presupuestos anuales del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1987 establece un marco normativo para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 1988, con énfasis en la planificación a medio plazo y la priorización de objetivos de gasto. Establece mecanismos de control, análisis y seguimiento del gasto público, así como la creación de comisiones y grupos de trabajo para la elaboración de los presupuestos. La norma se deroga la anterior de 1986, permitiendo una actualización en la gestión del gasto público. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Sistema de presupuestación por objetivos**: Se promueve como herramienta para garantizar la coherencia entre los objetivos de gasto y las directrices de política económica. ⚠️ **Derogación de la Orden de 1986**: Se elimina la norma anterior para actualizar el marco legal vigente. 📋 **Creación de comisiones y grupos de trabajo**: Se establecen comisiones para el análisis de subvenciones, transferencias, gastos fiscales y programas de servicios públicos. ℹ️ **Seguimiento de objetivos finalistas**: Se establece un sistema de seguimiento del grado de realización de los objetivos de gasto en programas con carácter finalista. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de organización - **Fecha**: 25 de marzo de 1987 - **Materias**: Presupuestos, gestión pública, planificación, control de gasto - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Presupuestos Generales del Estado, presupuestación por objetivos, planificación a medio plazo, control de gasto público, comisiones de análisis, seguimiento de objetivos ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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