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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 16 de marzo de 1987 dictada en aplicación de lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987.

BOE-A-1987-7283Publicada: 23/03/1987MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 16 de marzo de 1987 dictada en aplicación de lo dispuesto en el artícul ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El presente orden ministerial establece un procedimiento para la modificación de proyectos de inversión incluidos en el "Anexo de Inversiones Reales" de los presupuestos generales del Estado, garantizando el seguimiento presupuestario y la transparencia en la gestión de recursos. **2. CONTEXTO** La Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987, en su artículo 73, establece que los proyectos de inversión deben identificarse mediante un código único para su seguimiento presupuestario. El orden ministerial de 16 de marzo de 1987, dictado en aplicación de dicha norma, detalla el procedimiento para la alteración de dichos proyectos, asegurando la coherencia entre los presupuestos y la ejecución real de inversiones. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El orden ministerial de 16 de marzo de 1987 regula el procedimiento para la modificación de proyectos de inversión incluidos en el "Anexo de Inversiones Reales", con el objetivo de garantizar la precisión del seguimiento presupuestario y la transparencia en la gestión de recursos. Según el artículo 73 de la Ley 21/1986, los proyectos deben identificarse mediante un código único que no puede alterarse hasta su finalización. El orden detalla que cualquier modificación, incluida la inclusión de nuevos proyectos no previstos en el anexo, requiere un proceso formal. El procedimiento se estructura en cuatro pasos: 1. **Inclusión de nuevos proyectos**: El centro gestor afectado tramita una propuesta de alteración a la intervención delegada o a la Subdirección General de Contabilidad del Ministerio de Defensa, mediante la oficina presupuestaria correspondiente. La propuesta debe incluir el código de proyecto, que refleja el año de inicio, la sección y servicio presupuestario, y el número secuencial dentro del centro gestor. 2. **Asignación del nuevo código**: La intervención delegada o la Subdirección General de Contabilidad asigna el nuevo código de proyecto, siguiendo las instrucciones de la Intervención General de la Administración del Estado sobre el sistema de información contable. 3. **Anulación de anualidades**: Para garantizar que las anualidades de los proyectos coincidan con las consignaciones presupuestarias, se anula el importe equivalente de las anualidades de los proyectos sustituidos, salvo si el nuevo proyecto se financia mediante una modificación presupuestaria. 4. **Información mensual**: Las oficinas presupuestarias deben proporcionar al Comité de Inversiones Públicas y a la Dirección General de Presupuestos una relación detallada de los proyectos dados de alta, aquellos cuya ejecución no se pueda iniciar durante el ejercicio presupuestario, y aquellos cuya anualidad haya sido alterada, utilizando los modelos I, II y III como anexos. El orden establece que los códigos de proyecto no pueden modificarse hasta la finalización del proyecto, lo que evita interferencias y demoras en la ejecución de inversiones. Además, la información debe suministrarse a la Comisión de Presupuestos del Congreso para garantizar el control parlamentario. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden ministerial de 1987 establece un marco claro para la modificación de proyectos de inversión en el "Anexo de Inversiones Reales", asegurando la precisión presupuestaria y la transparencia. El procedimiento incluye la asignación de códigos únicos, la anulación de anualidades y la comunicación mensual de modificaciones. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Código único de proyectos**: Los proyectos deben identificarse con un código único que no puede alterarse hasta su finalización. ⚠️ **Procedimiento formal**: La modificación de proyectos requiere un trámite específico, incluyendo la propuesta del centro gestor y la asignación del nuevo código. 📋 **Anulación de anualidades**: Se anula el importe equivalente de las anualidades de proyectos sustituidos, salvo en casos de modificación presupuestaria. ℹ️ **Información mensual**: Las oficinas presupuestarias deben proporcionar una relación detallada de modificaciones al Comité de Inversiones Públicas y a la Dirección General de Presupuestos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Administrativa (gestión de presupuestos y inversiones públicas). - **Fuente**: Orden Ministerial de 16 de marzo de 1987. - **Tipo**: Norma de aplicación (orden ministerial). - **Fecha**: 16 de marzo de 1987. - **Materias**: Presupuestos públicos, gestión de inversiones, control parlamentario. - **Relevancia**: ALTA (regula un procedimiento clave para la gestión de recursos públicos). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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