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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 222/1987, de 20 de febrero, por el que se estructura el Ministerio de Economía y Hacienda.

BOE-A-1987-9634Publicada: 22/04/1987MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 222/1987, de 20 de febrero, por el que se ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 222/1987, de 20 de febrero, se corrige mediante la corrección de errores en su texto oficial, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 45 de 21 de febrero de 1987. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 222/1987 establece la estructura del Ministerio de Economía y Hacienda. Durante su publicación, se detectaron errores tipográficos o de redacción en varias páginas del texto oficial. Estos errores afectan la precisión del contenido legal y su correcta interpretación. Por ello, se emite una corrección oficial para garantizar la exactitud del documento. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 222/1987, de 20 de febrero, se corrige mediante la corrección de errores en su texto oficial, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 45 de 21 de febrero de 1987. Las correcciones afectan a varios artículos y apartados, con el objetivo de corregir errores de redacción o de redacción de frases. En concreto, se corrigen los siguientes puntos: - **Página 5305, pasmen columna, artículo 6.°, apartado d), segunda y tercera líneas**: Se corrige la frase «de acuerdo con la coordinación...» por «de acuerdo y en coordinación...». Esta corrección busca una mayor claridad en la redacción del texto, evitando ambigüedades en la interpretación de la coordinación entre organismos. - **Página 5306, primera columna, artículo 10, apartado a), segunda línea**: Se corrige la frase «relativo a los tributos y derechos...» por «relativo a los tributos o derechos...». Esta corrección modifica la redacción para que la expresión sea más precisa y coherente con el uso del término «o» en lugar de «y», lo cual puede afectar la interpretación de la norma. - **Página 5313, primen columna, artículo 36, apartado e), segunda línea**: Se corrige la frase «que se refiere a nómina...» por «que se refiere a nóminas...». Esta corrección corrige un error de pluralización, lo cual es relevante para la correcta aplicación de la norma en contextos donde se mencionan múltiples nóminas. - **Página 5313, columna, artículo 38, uno, b), tercera línea**: Se corrige la frase «servicios del Ministerio y de aquellos otros que se le encomienden, ...» por «servicios del Estado cuya consignación presupuestaria le esté atribuida y de aquellos otros que se le encomienden, ...». Esta corrección modifica la redacción para que la norma sea más precisa en cuanto a la asignación de recursos presupuestarios al Ministerio. - **Página 5313, segunda columna, artículo 38, uno, d), primera línea**: Se corrige la frase «La gestión y tramitación relativas a la adquisición de bienes...» por «La gestión y tramitación relativas a la adquisición y arrendamiento de bienes...». Esta corrección incluye el término «arrendamiento» para ampliar el alcance de la norma y garantizar su aplicación en contextos de adquisición y arrendamiento. - **Página 5313, segunda columna, artículo 38, uno, d), cuarta y quinta líneas**: Se corrige la frase «y la tramitación de los asuntos cuya competencia está atribuida a la Dirección...» por «y la tramitación de los asuntos cuya competencia esté atribuida a la Dirección...». Esta corrección corrige el uso del verbo en forma de infinitivo en lugar de la forma correcta del subjuntivo, lo cual es relevante para la correcta interpretación de la norma. - **Página 5314, primera columna, disposición adicional primera, dos, 1, c), segunda línea**: Se corrige la frase «directamente a través...» por «directamente o a través...». Esta corrección modifica la redacción para que la norma sea más precisa en cuanto a los medios de acceso a ciertos servicios. - **Página 5315, primera columna, primer párrafo, quinta y sexta líneas**: Se corrige la frase «serán regulados por Orden.» por «serán regulados por Orden ministerial.». Esta corrección corrige un error de redacción y clarifica que la regulación se realizará mediante un orden ministerial, lo cual es relevante para la aplicación de la norma. Estas correcciones son fundamentales para garantizar la precisión y coherencia del texto legal, evitando ambigüedades que podrían afectar su aplicación en la práctica. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 222/1987 se corrige para corregir errores en su texto oficial. Las correcciones afectan a varios artículos y apartados, con el objetivo de mejorar la claridad y precisión de la norma. Estas correcciones son relevantes para la correcta aplicación de la norma en el ámbito de la administración pública. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en el texto del Real Decreto 222/1987. ⚠️ Errores afectan la precisión y claridad de la norma. 📋 Correcciones incluyen cambios de redacción y uso correcto de conjunciones. ℹ️ Relevancia para la correcta aplicación de la norma en la administración pública. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 222/1987, de 20 de febrero - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 21 de febrero de 1987 - **Materias**: Administración pública, estructura ministerial, corrección de errores - **Relevancia**: ALTA - **Palabras**: 600 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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