Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 9/2015, de 26 de noviembre, de modificación de la Ley 15/2010, de 22 de diciembre, del Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears.

BOE-A-2015-13494Publicada: 12/12/2015COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una ley que modifica cómo funciona la radiotelevisión pública de las Islas Baleares. Introduce cambios en la manera de elegir a los dirigentes, en la elaboración de noticias, en la contratación de servicios, y en cómo debe informar al público sobre sus gastos y cuentas. **¿A quién afecta?** Al Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares, a las empresas que trabajan con él, al Parlamento (que elige a los directivos), y a la ciudadanía que usa los servicios de radio y televisión pública. **¿Qué cambia o establece?** Obliga a adaptar los contenidos a Internet además de televisión y radio. Los informativos deben estar hechos por profesionales con independencia, separando claramente noticias de opiniones. Los contratos deben seguir reglas de transparencia. El Consejo de Dirección y el director general se eligen por mayoría de tres quintas partes del Parlamento. Las mujeres y hombres deben estar en paridad en el Consejo. El Ente debe publicar anualmente un informe sobre cómo cumple su misión pública y sus cuentas. Debe invertir como mínimo el 6 % del presupuesto en películas y documentales de las Islas Baleares.

💬 Contexto ciudadano

La Ley 9/2015 representa la alineación de la normativa audiovisual balear con estándares de transparencia e independencia editorial que se consolidaban en otras radiotelevisiones públicas autonómicas (CCMA en Cataluña, ETB en Euskadi, RTVA en Andalucía) y respondía a las exigencias de la Directiva de Servicios de Medios Audiovisuales 2010/13/UE sobre independencia editorial y acceso a información financiera. Mientras la Ley 15/2010 original contemplaba mecanismos más flexibles de gobierno corporativo, esta reforma introduce requisitos de paridad, supramayorías parlamentarias para nombramientos (tres quintas partes) y publicidad de cuentas, alejándose de modelos político-discrecionales más comunes en radiotelevisiones autonómicas menos reformadas. El cambio resulta significativo para ciudadanía porque establece garantías explícitas de independencia informativa frente a presión política, obliga a diversidad de contenidos (mínimo 6% invertido en producción local) y genera rendición de cuentas verificable sobre uso de fondos públicos.

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