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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 7 de mayo de 1987 por la que se aprueba el modelo de declaración del Impuesto sobre Sociedades para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 1986.

BOE-A-1987-11476Publicada: 12/05/1987MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 7 de mayo de 1987 por la que se aprueba el modelo de declaración del Im ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 7 de mayo de 1987 aprueba el modelo de declaración del Impuesto sobre Sociedades para ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 1986, adaptándose a modificaciones legislativas y simplificando obligaciones formales de los sujetos pasivos. **2. CONTEXTO** La norma responde a las modificaciones introducidas por la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986, que buscaban simplificar trámites y adecuar datos al sistema de control tributario. El objetivo es reducir la complejidad de la declaración y facilitar su cumplimiento, así como garantizar la precisión en la gestión fiscal. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden establece un nuevo modelo de declaración del Impuesto sobre Sociedades, que se convierte en obligatorio para sujetos pasivos aplicables a la normativa común de la Ley 61/1978, para ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 1986. El modelo se publica en el Anexo I y se aplica cuando el plazo de declaración no haya expirado antes del 1 de enero de 1987. **Artículo 1. Presentación de las declaraciones** - **Primer párrafo**: Se aprueba el modelo de declaración (Anexo I) para sujetos pasivos que aplican la Ley 61/1978, para ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 1986. - **Segundo párrafo**: En casos de aplicación del artículo 22 de la Ley 12/1981 (Concuerdo Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco), se establecen reglas específicas: - Entidades con domicilio fiscal en territorio común que operan en el País Vasco deben presentar la declaración en la Delegación o Administración de Hacienda de su domicilio fiscal, además de separadamente en la correspondiente a su actividad en el País Vasco. - Se permite el uso de múltiples sobres o paquetes para documentación excesiva, indicando en el sobre principal el número de envíos adicionales. **Artículo 3. Comprobación inicial de la declaración** - **Primer párrafo**: La Administración Tributaria verificará: - La copia del documento de asignación del código de identificación, coincidente con la declaración. - La precisión en la indicación de la Delegación o Administración de domicilio fiscal o Diputación Foral. - El sello y firma del representante en el recuadro superior derecho de las páginas completas. - La certificación en la página A-1 del modelo, conforme al artículo 288.2.c) del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. - La correcta cumplimentación de las casillas del balance de situación, cuenta de resultados y hoja de liquidación. - **Segundo párrafo**: El órgano gestor requerirá al contribuyente para subsanar deficiencias, con aviso de sanción por infracción simple. **Disposición derogatoria**: Se deroga la Orden de 25 de abril de 1986, que aprobaba el modelo para ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 1985. **Disposición final**: La Orden entra en vigor el día de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden simplifica la declaración del Impuesto sobre Sociedades, adapta el modelo a modificaciones legislativas y establece procedimientos claros para su presentación y comprobación. La derogación de la norma anterior asegura la vigencia del nuevo modelo. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Nueva estructura del modelo**: Reducción de la declaración para facilitar su cumplimiento. ⚠️ **Derogación de la norma anterior**: Eliminación del modelo de 1985 para evitar redundancias. 📋 **Requisitos de comprobación**: Verificación de datos clave, como el código de identificación y la certificación. ℹ️ **Aplicación específica**: Reglas diferenciadas para sujetos pasivos en el País Vasco. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España (Administración Tributaria). - **Fuente**: Orden Ministerial de 7 de mayo de 1987. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 7 de mayo de 1987. - **Materias**: Impuesto sobre Sociedades, declaración tributaria, simplificación procesal. - **Relevancia**: ALTA (modifica normativa clave y establece procedimientos obligatorios). **Palabras clave**: Impuesto sobre Sociedades, declaración, simplificación, Orden Ministerial, derogación. **Total de palabras**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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