Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 2 de junio de 1987 por la que se fija el valor del cartón para el juego del bingo.

BOE-A-1987-13327Publicada: 05/06/1987MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**El precio del cartón de bingo baja a una peseta** Esta orden ministerial establece un nuevo precio para los cartones que se utilizan para jugar al bingo. Anteriormente, el valor fijado era de dos pesetas por cartón, pero ahora se reduce a una peseta, independientemente del valor que tenga el cartón en el juego. El motivo de este cambio es la evolución de la demanda de cartones y los avances tecnológicos que han permitido reducir los costes de producción. El Ministerio de Hacienda es el encargado de fijar este valor y puede revisarlo cuando lo considere necesario, basándose en los costes de elaboración. La nueva medida entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esto significa que, a partir de esa fecha, los cartones de bingo tendrán un coste menor para los jugadores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta orden ministerial de 1987 modificó el valor del cartón de bingo, reduciéndolo de dos a una peseta. Anteriormente, el Real Decreto 228/1981 y su modificación de 1981 facultaban al Ministerio de Hacienda para fijar y revisar el valor del material del juego, basándose en los costes de elaboración. La orden de 1977 había fijado ese valor en dos pesetas. La presente orden responde a la necesidad de adecuar el precio a los costes actuales y a la demanda prevista. A diferencia de otras normativas que regulan aspectos más amplios del juego, esta se centra en un detalle específico, mostrando la intervención administrativa en la fijación de precios de materiales de juego. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →