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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 665/1987, de 30 de abril, por el que se modifica la cuantía en unidades de cuenta europeas (ECUS), que figura en el artículo 84 de la Ley de Contratos del Estado, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 931/1986, de 2 de mayo.

BOE-A-1987-12552Publicada: 26/05/1987MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de límites para contratos públicos** Este Real Decreto modifica la cantidad de dinero que se considera para ciertos contratos del Estado, basándose en las normativas europeas. El objetivo es que España siga las directrices de la Comunidad Económica Europea en materia de contratación pública. Lo que cambia concretamente es que la cifra de 140.000 Unidades de Cuenta Europeas (ECUS) se eleva a 181.500 ECUS para el año 1987. Esto afecta a los contratos que deben ser publicados y que superan este umbral, asegurando que las obligaciones de publicidad sean similares a las de otros países de la UE. Este cambio entró en vigor para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1987, adaptando la legislación española a las decisiones comunitarias vigentes en ese momento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la Ley de Contratos del Estado establecía un límite de 140.000 ECUS para ciertos contratos públicos. La normativa europea, sin embargo, actualizó esta cifra a 181.500 ECUS para el año 1987. Este Real Decreto, aprobado por el Gobierno español, adapta la legislación nacional a esta directiva comunitaria, evitando que los organismos españoles tengan obligaciones de publicidad superiores a las de otros países miembros de la CEE. La modificación es importante para mantener la coherencia y la armonización de las normativas de contratación pública dentro del contexto europeo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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