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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 884/1987, de 3 de julio, por el que se modifican los límites de operaciones a efectos del Régimen de Estimación Objetiva Singular Simplificada para 1987, así como determinados artículos de los Reglamentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.

BOE-A-1987-15576Publicada: 07/07/1987MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de límites para autónomos y pequeñas empresas** Este Real Decreto ajusta las cantidades máximas de facturación y el número de empleados para poder acogerse a un sistema simplificado de cálculo de impuestos. Este sistema, conocido como Estimación Objetiva Singular Simplificada, está pensado para pequeños negocios y autónomos que no tienen una gran actividad. Lo que cambia concretamente es que se actualizan los límites económicos que permiten a estos profesionales y empresas tributar de una forma más sencilla. Estos límites se modifican en proporción al aumento del Salario Mínimo Interprofesional, asegurando que el sistema siga siendo accesible para quienes menos facturan. La entrada en vigor de estas modificaciones se produjo en 1987, ya que el Real Decreto se publicó el 7 de julio de ese año. Su objetivo era adaptar la normativa fiscal a la realidad económica del momento y a las variaciones del Salario Mínimo Interprofesional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1987 modificó aspectos del Régimen de Estimación Objetiva Singular Simplificada del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades. Antes de esta norma, los límites para acogerse a este régimen simplificado se establecían de forma fija. La novedad principal fue vincular la actualización de estos límites a la variación del Salario Mínimo Interprofesional, un mecanismo que buscaba mantener la equidad y la adaptabilidad del sistema. Esta medida, de ámbito nacional, se implementó para adecuar la normativa tributaria a la coyuntura económica, a diferencia de otros sistemas que podrían tener criterios distintos o no contemplar esta vinculación directa. La aprobación recayó en el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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