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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 23 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural.

BOE-A-2015-14279Publicada: 30/12/2015Ministerio de Industria, Energía y Turismo

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una resolución que establece los precios de la tarifa de último recurso para el suministro de gas natural a partir del 1 de enero de 2016. Esta tarifa es un precio regulado que deben aplicar las empresas distribuidoras de gas a los consumidores que tienen derecho a este suministro de último recurso, que es la opción de compra garantizada cuando no contratan en el mercado libre. **¿A quién afecta?** Afecta a los consumidores de gas natural conectados a presiones bajas (inferiores a 4 bar) con consumos anuales no superiores a 50.000 kWh/año. También afecta a los consumidores en las Islas Canarias, que tienen tarifas específicas, y a los consumidores de gases manufacturados en territorios insulares. Las empresas distribuidoras de gas deben aplicar estas tarifas a sus clientes acogidos al suministro de último recurso. **¿Qué cambia o establece?** Establece dos tarifas principales según el consumo anual: la TUR.1 para consumos de hasta 5.000 kWh/año con una cuota fija de 4,34 euros mensuales y 4,939289 céntimos por kWh, y la TUR.2 para consumos entre 5.001 y 50.000 kWh/año con 8,67 euros mensuales y 4,251889 céntimos por kWh. Para Canarias establece cuatro tarifas adicionales según el nivel de consumo. Define también los parámetros técnicos, costes de materia prima y reglas para prorratear consumos cuando cambia la tarifa durante un período de facturación.

💬 Contexto ciudadano

La tarifa de último recurso (TUR) no es novedad en 2016, pero esta resolución actualiza precios en un contexto de caída de costes energéticos tras la crisis de 2008. Funciona como mecanismo de protección del consumidor vulnerable equivalente al de otros Estados de la UE (Francia, Italia, Alemania mantienen sistemas similares), cumpliendo directivas comunitarias sobre mercados de gas. Su aplicación es estatal y uniforme, aunque Canarias recibe trato especial por su condición insular. La TUR resulta vital para consumidores que no pueden acceder al mercado liberalizado (pequeñas empresas, hogares de bajo consumo), garantizándoles un suministro a precio regulado sin sorpresas tarifarias, lo que mitiga vulnerabilidad energética en un servicio esencial.

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