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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 811/1987, de 26 de junio, por el que se suspenden en determinadas condiciones los derechos arancelarios aplicables a la importación de dicloroetano y cloruro de vinilo de la subpartidas 29.02.A.II.a)2.dd) y A.II.b)1 del vigente Arancel de Aduanas.

BOE-A-1987-14853Publicada: 27/06/1987MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Suspensión temporal de aranceles para productos químicos clave** Este Real Decreto permite que, bajo ciertas circunstancias, se dejen de aplicar temporalmente los impuestos (aranceles) a la importación de dos productos químicos: dicloroetano y cloruro de vinilo. Estos productos son importantes para la industria y su suministro se vio afectado por un incidente en una refinería. La medida busca asegurar la disponibilidad de estos materiales en el país. Concretamente, lo que cambia es que durante un periodo limitado, estos dos compuestos químicos, cuando provengan de países de la Comunidad Económica Europea (CEE) o de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), no tendrán que pagar los aranceles habituales de importación. Esto abarata su coste para las empresas que los necesiten. La suspensión de estos derechos arancelarios entró en vigor de forma efectiva el 22 de junio de 1987 y se extendió hasta el 21 de julio de 1987. El Real Decreto en sí se publicó al día siguiente de su firma, el 27 de junio de 1987, y sus efectos comenzaron a aplicarse desde la fecha indicada. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la ley arancelaria española permitía al Gobierno suspender temporalmente los derechos de importación para asegurar el abastecimiento, con un límite de tres meses. La adhesión de España a las Comunidades Europeas amplió esta posibilidad al comercio intracomunitario, extendiéndose también a países de la AELC. La medida se adoptó ante la escasez de dicloroetano y cloruro de vinilo, causada por un siniestro en la refinería de Tarragona. Esta suspensión, aprobada por el Consejo de Ministros, es relevante porque demuestra la capacidad del Estado para reaccionar ante crisis de suministro y armonizar su política arancelaria con la europea, garantizando la continuidad de actividades industriales dependientes de estos productos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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