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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 3 de julio de 1987 por la que se modifica la lista de mercancías sometidas a notificación previa y autorización administrativa de importación.

BOE-A-1987-20843Publicada: 05/09/1987MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de normas para importar ciertos productos** Esta orden ministerial modifica la lista de productos que necesitan un permiso especial para ser importados a España. El objetivo es adaptar la normativa española a los cambios que se producen en las reglas de comercio de la Unión Europea y corregir algunos detalles de la lista anterior. Afecta a empresas y particulares que deseen importar mercancías sujetas a estas regulaciones. Lo que cambia concretamente es la inclusión o exclusión de ciertas subpartidas arancelarias, la modificación de otras ya existentes y la aclaración de notas explicativas. Por ejemplo, se suprime la necesidad de notificación previa para unos zumos de agrios específicos y se detallan las restricciones para la importación de café, indicando qué países están afectados y bajo qué condiciones. La orden entra en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, que fue el 5 de septiembre de 1987. Es importante consultar el texto completo para conocer las mercancías exactas afectadas y las nuevas condiciones de importación. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 3 de julio de 1987 se enmarca en un contexto de constante actualización de las listas de mercancías sujetas a control de importación, reflejando la dinámica del comercio internacional y la normativa comunitaria. Anteriormente, existían órdenes que establecían estas listas, pero la presente busca armonizarlas con las modificaciones del régimen de importación de la Comunidad Económica Europea (CEE). A diferencia de otras Comunidades Autónomas, esta normativa tiene un ámbito nacional. La aprobación de estas órdenes es competencia del Ministerio de Economía y Hacienda, y su importancia radica en garantizar el cumplimiento de acuerdos comerciales y proteger sectores industriales nacionales, afectando directamente a la operativa de importadores y exportadores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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