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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1117/1987, de 11 de septiembre, por el que se declaran libres de derechos arancelarios, con carácter temporal, las importaciones de determinados tipos de papel cuando se cumplan las condiciones que se establecen.

BOE-A-1987-21389Publicada: 15/09/1987MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Exención temporal de aranceles para ciertos tipos de papel** Este Real Decreto permite importar temporalmente algunos tipos de papel sin pagar los aranceles habituales. La medida se aplica a papeles específicos, como los destinados a revistas gráficas, que no se producen en cantidad suficiente en España para cubrir la demanda. El objetivo es facilitar el acceso a estos materiales para las industrias que los utilizan. Concretamente, se exime del pago de derechos arancelarios a importaciones de papel originario de la Comunidad Económica Europea o de países con acuerdos similares. Esta exención tiene límites en la cantidad total que se puede importar y está vigente hasta el 31 de diciembre de 1987. La distribución de estas importaciones se gestionará por los servicios de comercio exterior. La norma entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, el 16 de septiembre de 1987. Es una medida de carácter temporal, diseñada para solucionar una carencia puntual en el mercado nacional de papel para ciertas aplicaciones industriales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, las importaciones de papel estaban sujetas a aranceles. Sin embargo, la normativa española y los acuerdos de adhesión a las Comunidades Europeas permitían la suspensión de estos derechos en circunstancias excepcionales. Este decreto se ampara en esas disposiciones, reconociendo la insuficiencia de la producción nacional para satisfacer la demanda de ciertos papeles, especialmente para la industria editorial gráfica. A diferencia de medidas permanentes, esta exención es temporal y cuantitativamente limitada, buscando un equilibrio entre la protección de la industria nacional y la necesidad de suministro. La medida fue aprobada por el Consejo de Ministros, evidenciando su importancia para el sector industrial afectado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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