Real Decreto 1119/1987, de 11 de septiembre, por el que se suspenden, por un período de tres meses los derechos aplicables al papel prensa clasificado en las subpartidas 48.01.A.I ó 48.01.F.VI.c) del vigente Arancel de Aduanas.
¿Qué dice esta ley?
**Suspensión temporal de aranceles para papel de prensa** Este Real Decreto, aprobado en 1987, establece la suspensión de los impuestos (aranceles) que se aplican a la importación de un tipo específico de papel utilizado exclusivamente para la impresión de periódicos. La medida se toma para asegurar el suministro de este material ante una demanda elevada. Lo que cambia concretamente es que, durante un periodo de tres meses, las empresas que importen este papel desde la Comunidad Económica Europea o países de la Asociación Europea de Libre Cambio no tendrán que pagar los aranceles habituales. Esto se aplica a un máximo de 7.500 toneladas para cada una de estas zonas. La suspensión de estos derechos arancelarios entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, el 15 de septiembre de 1987, y tuvo una duración de tres meses. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto, la importación de papel prensa estaba sujeta a aranceles establecidos por la Ley Arancelaria de 1960. Sin embargo, la normativa permitía al Gobierno suspender estos gravámenes en caso de necesidad de abastecimiento. España, al integrarse en las Comunidades Europeas, adoptó normativas que permitían estas suspensiones, extendiéndolas también a países de la Asociación Europea de Libre Cambio. Este tipo de medidas, aunque temporales, eran importantes para la industria periodística, permitiendo afrontar picos de demanda o asegurar el suministro ante posibles escaseces, algo que otras CCAA o la UE también contemplaban en sus políticas comerciales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────