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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 1 de diciembre de 1987 por la que se modifica el régimen de comercio de importación aplicable a las mercancías originarias de Argelia, Egipto, Jordania, Líbano, Túnez y Turquía.

BOE-A-1987-27142Publicada: 05/12/1987MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Cambios en la importación de productos de países mediterráneos** Esta orden ministerial actualiza las normas para importar ciertos productos procedentes de Argelia, Egipto, Jordania, Líbano, Túnez y Turquía. Anteriormente, estas importaciones estaban sujetas a notificaciones previas y autorizaciones administrativas, siguiendo un régimen similar al de otros países con acuerdos comerciales. Lo que cambia es que, tras la firma de acuerdos comerciales con estos países y su entrada en vigor a nivel europeo, se modifican las listas de productos que requieren estos trámites. Esto significa que la forma en que se gestionan las importaciones de estas mercancías específicas se adapta a los nuevos acuerdos. La orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que implica que los cambios se aplicarán de forma inmediata una vez que se haga oficial. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, el régimen de importación para mercancías de países mediterráneos como Argelia, Egipto o Turquía se regía por normativas de 1986 y 1987, que establecían listas de productos sujetos a notificación y autorización. Estas normas se alineaban con el tratamiento dado a países del GATT, a la espera de la adaptación de acuerdos preferenciales. La presente orden responde a la firma y entrada en vigor de dichos protocolos de adaptación a nivel de la Comunidad Económica Europea, modificando las listas de mercancías afectadas. A diferencia de otras Comunidades Autónomas, esta es una regulación nacional que adapta la normativa española a un marco europeo ya establecido, afectando directamente al comercio exterior con estos países del Mediterráneo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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