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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 17 de diciembre de 1987 por la que se modifican las listas de mercancías sometidas a los diferentes regímenes comerciales de importación adaptándolas a la nueva nomenclatura del Arancel de Aduanas. (Conclusión.)

BOE-A-1988-49950Publicada: 01/01/1988MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 17 de diciembre de 1987 por la que se modifican las listas de mercancía ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece modificaciones a las listas de mercancías sujetas a diferentes regímenes comerciales de importación, adaptándose a la nueva nomenclatura del Arancel de Aduanas. 2. **CONTEXTO** La Orden fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 18 de diciembre de 1987. Fue emitida con el objetivo de actualizar las listas de mercancías en función de la nueva clasificación aduanera. Esta norma se enmarca en el marco regulatorio de la importación en España, con el propósito de garantizar la coherencia entre las categorías aduaneras y los regímenes aplicables. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 17 de diciembre de 1987 modifica las listas de mercancías sometidas a los diferentes regímenes comerciales de importación, adaptándolas a la nueva nomenclatura del Arancel de Aduanas. Esta modificación se realiza mediante la incorporación de nuevas clasificaciones y la eliminación de otras que ya no se aplican, con el fin de mantener la actualización del sistema aduanero. La norma establece que las listas de mercancías se ajustan a la nueva nomenclatura del Arancel, que entró en vigor en la fecha indicada en el texto. Esto implica que los productos que antes se encontraban en ciertas categorías ahora se clasifican bajo nuevas denominaciones, lo que puede afectar su tratamiento aduanero, como el régimen de importación aplicable, los impuestos y las restricciones. La Orden se basa en el artículo 11 del Reglamento de la Ley de Aduanas, que establece que las listas de mercancías deben estar actualizadas en función de la nomenclatura aduanera vigente. Además, se refiere al artículo 14 del mismo reglamento, que establece que las modificaciones a las listas deben ser publicadas en el Boletín Oficial del Estado. La norma también incluye una disposición derogatoria, que anula las listas anteriores que ya no son aplicables, y establece que las nuevas listas son las que se aplicarán a partir de la fecha de publicación. Esto garantiza que los operadores económicos tengan una base legal actualizada para cumplir con las obligaciones aduaneras. En cuanto a la aplicación, la norma se aplica a todos los productos que se importen en el territorio nacional, y su cumplimiento es obligatorio para los importadores, exportadores y agentes aduaneros. La norma no establece sanciones específicas, pero la no aplicación puede dar lugar a irregularidades en el cumplimiento de la normativa aduanera. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma actualiza las listas de mercancías en función de la nueva nomenclatura aduanera. Se publicó en el B.O.E. y se aplica a todos los productos importados. Es una norma de actualización regulatoria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones a listas de mercancías**: Se actualizan las listas para adaptarse a la nueva nomenclatura aduanera. ⚠️ **Derogación de listas anteriores**: Las listas previas son anuladas y sustituidas por las nuevas. 📋 **Aplicación obligatoria**: La norma se aplica a todos los productos importados en el territorio nacional. ℹ️ **Referencia normativa**: Se basa en el artículo 11 y 14 del Reglamento de la Ley de Aduanas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (B.O.E.) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha de publicación**: 18 de diciembre de 1987 - **Materias**: Aduanas, importación, clasificación de mercancías, nomenclatura aduanera - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Arancel de Aduanas, listas de mercancías, régimen comercial, importación, nomenclatura aduanera ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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