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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 14 de enero de 1988 sobre emisión de bonos por parte del Instituto de Crédito Oficial.

BOE-A-1988-1268Publicada: 21/01/1988MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Más dinero para el Instituto de Crédito Oficial** Esta orden ministerial permite al Instituto de Crédito Oficial (ICO) emitir más bonos, es decir, pedir prestado más dinero al mercado. El ICO es una entidad pública que financia proyectos y empresas. El objetivo es que pueda disponer de más fondos para sus actividades. Concretamente, se aumenta la cantidad máxima que el ICO podía pedir prestado mediante la emisión de bonos. Inicialmente se autorizó una emisión de hasta 15.000 millones de pesetas, pero ante la demanda, se amplía hasta los 35.000 millones de pesetas. El resto de las condiciones de esta emisión se mantienen como se establecieron en una orden anterior. Esta orden entró en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, que fue el 21 de enero de 1988. Por lo tanto, los efectos de este aumento en la capacidad de financiación del ICO se aplicaron desde esa fecha. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ya contaba con autorización para emitir bonos, pero se decidió ampliar el límite de dicha emisión. La orden de 14 de enero de 1988 modifica una orden anterior de diciembre de 1987, elevando el importe nominal de la emisión de bonos de 15.000 a 35.000 millones de pesetas. Esta decisión se toma en el marco de un acuerdo previo del Consejo de Ministros de enero de 1987 que autorizaba al ICO a realizar operaciones financieras por un importe máximo neto de 110.000 millones de pesetas. La ampliación responde a la buena acogida de la emisión inicial. La medida, de ámbito nacional, es relevante para la financiación de la economía española a través de una entidad pública clave. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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