Orden de 15 de enero de 1988 por la que se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 93 bis del Reglamento General de Contratación del Estado.
¿Qué dice esta ley?
**Actualización del valor de la Unidad de Cuenta Europea para contratos públicos** Esta orden ministerial establece el valor en pesetas de la Unidad de Cuenta Europea (ECU) que se utilizará para calcular el importe de ciertos contratos públicos. Su objetivo es asegurar que las normativas españolas de contratación pública estén alineadas con las directivas de la Unión Europea. Concretamente, se fija el valor de la ECU en 142,368 pesetas. Este valor se aplicará a partir del 1 de enero de 1988 y tendrá una vigencia de dos años, hasta el 31 de diciembre de 1989. Este cambio es relevante para las empresas que licitan por contratos públicos y para la administración que los adjudica. La entrada en vigor de este nuevo valor se produjo el 1 de enero de 1988. La orden cumple con lo establecido en la normativa europea y en el Reglamento General de Contratación del Estado, garantizando la transparencia y la correcta aplicación de los umbrales económicos en los procedimientos de contratación pública. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta orden ministerial de 1988 responde a la necesidad de adaptar la legislación española de contratación pública a las directivas de la Comunidad Económica Europea (CEE) relativas a la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos públicos. Antes de esta normativa, la fijación del valor de la Unidad de Cuenta Europea (ECU) en pesetas para estos fines no estaba tan claramente definida. La orden actualiza el contravalor de la ECU, que se calcula periódicamente basándose en la media del valor de la moneda nacional durante los doce meses precedentes. Esta medida es crucial para asegurar la armonización con otros estados miembros y para que las licitaciones públicas españolas cumplan con los umbrales económicos establecidos a nivel europeo, facilitando así la participación de empresas de otros países y promoviendo la competencia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────