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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 8 de febrero de 1988 por la que se articula el sistema de anticipos a la CEE para financiar la política agrícola común.

BOE-A-1988-3982Publicada: 17/02/1988MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**España adelanta dinero para la agricultura europea** Esta orden establece cómo España va a adelantar dinero a la Unión Europea (antes CEE) para pagar gastos relacionados con la Política Agrícola Común. Es decir, el Estado español se encarga de hacer frente a ciertos pagos que luego la Unión Europea le reembolsará. Lo que cambia es el procedimiento concreto para realizar estos adelantos y su posterior cancelación. El Ministerio de Economía y Hacienda gestionará estos movimientos de dinero, asegurando que los fondos para la agricultura europea estén disponibles cuando se necesiten y que se recuperen una vez la Unión Europea los reintegre. La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que significa que los procedimientos descritos se aplican desde ese momento, siendo el año 1988 el periodo de aplicación principal. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta orden ministerial de 1988 regula el sistema de anticipos que España debía realizar a la Comunidad Económica Europea (CEE) para financiar la Política Agrícola Común (PAC). Antes de esta norma, la gestión de estos fondos podía ser menos estructurada. La normativa europea, en concreto el Reglamento (CEE) 3183/87, obligaba a los Estados miembros a poner a disposición los medios para pagar los gastos del FEOGA-Garantía. La orden detalla cómo el Tesoro Público español gestionaría estos anticipos y su posterior compensación con los reembolsos de la Comisión Europea, un procedimiento esencial para el correcto funcionamiento de la PAC y la integración financiera de España en la UE. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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