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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 4 de febrero de 1988 por la que se actualizan los anexos I y II de las normas para la aplicación de determinadas directivas de la CEE relativas a la homologación de tipos de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, tipos de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, así como de partes y piezas de dichos vehículos.

BOE-A-1988-3903Publicada: 16/02/1988MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de normas para homologar vehículos y sus piezas** Esta orden ministerial actualiza las normas que se aplican para homologar diferentes tipos de vehículos, como coches, tractores y motocicletas, así como sus componentes. La homologación es un proceso que certifica que un vehículo o pieza cumple con los requisitos de seguridad y técnicos establecidos. Lo que cambia concretamente es la modificación de los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986. Estos anexos contienen las especificaciones técnicas y las listas de las directivas europeas que deben cumplirse para poder vender y circular con estos vehículos y sus partes en España. La orden se firma el 4 de febrero de 1988, pero la fecha exacta de entrada en vigor de las nuevas especificaciones contenidas en los anexos modificados dependerá de lo que se establezca en ellos, ya que la normativa permite fijar fechas posteriores para su obligado cumplimiento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la homologación de vehículos en España se regía por el Real Decreto 2028/1986, que a su vez incorporaba directivas de la Comunidad Económica Europea (CEE). Esta orden ministerial, de ámbito nacional, actualiza los anexos de dicho real decreto para adaptarlos a la evolución de la reglamentación europea en materia de vehículos y sus componentes. Su importancia radica en que garantiza la armonización de las normas técnicas y de seguridad con el resto de países de la CEE, facilitando la circulación y el comercio de vehículos y piezas, y asegurando un nivel común de protección para los ciudadanos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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