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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de erratas del Real Decreto 1269/1987, de 31 de julio, por el que se da nueva redacción a los artículos 116, 117 y 135 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Patrimonio del Estado.

BOE-A-1988-3032Publicada: 05/02/1988MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Pequeña corrección en la ley de Patrimonio del Estado** Este documento es una corrección de errores de un Real Decreto anterior que regula cómo se gestiona el Patrimonio del Estado. Básicamente, se trata de arreglar un pequeño fallo que hubo al publicar la ley original, para que su redacción sea la correcta y no dé lugar a confusiones. Lo que cambia es muy concreto: se corrige una frase en un artículo del reglamento. Donde antes se decía que el Ministerio de algo decidiría sobre el Patrimonio del Estado, ahora se especifica que será el Ministro de quien decida. Es un cambio muy técnico que busca la precisión legal. Esta corrección entró en vigor el 5 de febrero de 1988, fecha en la que se publicó este Real Decreto rectificatorio. Su objetivo es asegurar que la ley se aplique tal y como fue pensada por los legisladores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1988 corrige una errata en el Reglamento para la aplicación de la Ley de Patrimonio del Estado, publicado en 1987. La modificación es de carácter formal, ajustando la redacción para clarificar quién tiene la potestad de decisión sobre ciertos aspectos del Patrimonio del Estado, pasando de "el Ministerio de" a "el Ministro de". Este tipo de correcciones son habituales para garantizar la seguridad jurídica. A nivel nacional, la gestión del Patrimonio del Estado está regulada por normativas específicas, y este ajuste busca la precisión en la aplicación de dichas normas, sin que existan comparativas directas con otras comunidades autónomas o la Unión Europea en este punto concreto, ya que se trata de una rectificación interna de una ley española. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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