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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 9 de febrero de 1988 por la que se modifica la de 7 de diciembre de 1983, que reguló la distribución entre los Ayuntamientos de la isla de Tenerife de su participación en los ingresos por arbitrios insulares.

BOE-A-1988-4999Publicada: 01/03/1988MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Cambio en el reparto de impuestos municipales en Tenerife** Esta orden ministerial de 1988 modifica cómo se reparten ciertos ingresos fiscales entre los ayuntamientos de la isla de Tenerife. Anteriormente, el cálculo se basaba en datos que Hacienda proporcionaba, pero ahora se permite que los propios ayuntamientos o entidades que recaudan por ellos faciliten esa información. Lo que cambia concretamente es la forma de obtener los datos sobre el rendimiento de la licencia fiscal de actividades industriales y comerciales. Antes, se dependía de certificados de la Delegación de Hacienda. Ahora, se pueden usar las liquidaciones de los presupuestos de los ayuntamientos o certificados de otros organismos que recauden oficialmente en su nombre. Esta modificación entró en vigor con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 1988. El objetivo es agilizar y adaptar el proceso a la realidad de que los ayuntamientos pueden gestionar directamente la recaudación de estas licencias fiscales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 1983 estableció un método para distribuir los ingresos por arbitrios insulares entre los ayuntamientos de Tenerife, basándose en el rendimiento de licencias fiscales. La fórmula original requería certificados de la Delegación de Hacienda para calcular la media de recaudación de los tres años anteriores. Sin embargo, con el tiempo, los ayuntamientos empezaron a recaudar directamente estas licencias. La orden de 1988 responde a esta realidad, permitiendo que los ayuntamientos o entidades recaudadoras proporcionen los datos necesarios, agilizando el proceso y adaptándolo a la gestión fiscal local. Esta modificación, aunque antigua, ilustra la evolución de la coordinación fiscal entre administraciones y la adaptación de normativas a cambios prácticos en la recaudación tributaria. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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