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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 157/1988, de 22 de febrero, por el que se establece la normativa a que deben ajustarse las denominaciones de origen y las denominaciones de origen calificadas de vinos y sus respectivos Reglamentos.

BOE-A-1988-7028Publicada: 18/03/1988MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**Corrección de errores en la normativa de vinos con Denominación de Origen** Este documento se refiere a una corrección de errores detectados en un Real Decreto de 1988 que establece las normas para las Denominaciones de Origen (DO) de vinos. Las DO son sellos de calidad que garantizan que un vino procede de una zona geográfica específica y cumple con ciertos requisitos de producción. Lo que cambia concretamente son pequeños fallos de escritura y redacción en el texto original del Real Decreto. Por ejemplo, se corrige la palabra "determinads" por "determinadas", "de orgien" por "de origen", y otros errores similares que no alteran el significado fundamental de la norma, pero que se subsanan para mayor claridad y precisión legal. La entrada en vigor de esta corrección es inmediata, ya que se trata de una rectificación de un texto legal ya existente. Su propósito es asegurar que la normativa sobre las Denominaciones de Origen de vinos sea lo más clara y precisa posible para todos los implicados en el sector vitivinícola. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

El Real Decreto 157/1988 sentó las bases para la regulación nacional de las Denominaciones de Origen de vinos en España. Antes de su aprobación, la protección y el reconocimiento de estas denominaciones podían ser menos uniformes. Esta corrección de errores, aunque menor, es crucial para mantener la integridad y la claridad del marco legal que protege la calidad y el origen de los vinos españoles. A diferencia de normativas más recientes o de otros países, este decreto aborda aspectos fundamentales de la identificación geográfica de los vinos. Su aprobación y posterior corrección demuestran la importancia de un marco legal preciso para el sector vitivinícola, tanto a nivel nacional como en su alineación con las normativas europeas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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