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Real DecretoNacionalvigente

Orden de 4 de marzo de 1988 por la que se adapta especialmente lo dispuesto en el Real Decreto 1550/1987, de 18 de diciembre, a la organización contable de la Administración del Estado y sus Organismos autónomos.

BOE-A-1988-5963Publicada: 09/03/1988MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Adaptación de la información contable del Estado** Esta orden adapta cómo la Administración del Estado y sus organismos públicos deben presentar información sobre las operaciones que realizan con terceros. Anteriormente, ya existía la obligación para empresas y profesionales de informar sobre sus operaciones anuales. Ahora, se ajusta este deber a la forma en que el propio Estado gestiona sus cuentas y pagos. Lo que cambia concretamente es que la información que antes se pedía de forma separada, ahora se integrará dentro del sistema contable del Estado. Esto se hace para evitar duplicidades y para que la información sea más fácil de obtener y gestionar por parte de la Administración Tributaria, sin afectar el funcionamiento normal de los servicios públicos. Esta orden entra en vigor el 9 de marzo de 1988, adaptando las normativas previas a la realidad contable de la Administración Pública española y sustituyendo un sistema de información tributaria anterior. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta orden de 1988 surge para adaptar la obligación de declarar operaciones con terceros, ya existente para empresas y profesionales, a la estructura contable de la Administración Pública española. Busca integrar esta información dentro del propio sistema contable del Estado, evitando así cargas adicionales y duplicidades. Se basa en el Real Decreto 1550/1987 y en un nuevo sistema de información contable implantado en la Administración del Estado en 1986. Su importancia radica en unificar y simplificar la recopilación de datos fiscales, facilitando el control tributario sin perturbar el funcionamiento de los servicios públicos, y sustituyendo normativas anteriores sobre información tributaria. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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