Resolución de 26 de febrero de 1988, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se modifica el anexo de la Orden de 17 de diciembre de 1987, que modifica las listas de mercancías sometidas a los diferentes regímenes comerciales de importación, adaptándolas a la nueva nomenclatura del Arancel de Aduanas.
¿Qué dice esta ley?
**Fin de restricciones para importar ciertos productos agrícolas** Esta orden ministerial elimina las limitaciones que existían para importar determinados productos hortofrutícolas desde otros países de la Comunidad Europea y desde Portugal. Hasta ahora, para importar estos productos se necesitaba una autorización especial. La medida se toma porque las importaciones de estos productos durante los años 1986 y 1987 no alcanzaron el volumen previsto, lo que, según las normas de adhesión de España a la UE, permitía suprimir dichas restricciones. Lo que cambia concretamente es que ya no será necesario solicitar un permiso administrativo para importar estos productos. Las listas de mercancías que antes estaban sujetas a estas restricciones se modifican para reflejar esta nueva situación, adaptándose también a la nomenclatura actual del Arancel de Aduanas. Esta resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, que fue el 3 de marzo de 1988. Por lo tanto, los efectos prácticos para los importadores comenzaron a ser inmediatos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, España, como país adherido recientemente a las Comunidades Europeas, mantenía ciertas restricciones cuantitativas a la importación de productos hortofrutícolas, amparándose en su Acta de Adhesión y en reglamentos comunitarios. Estas restricciones, que requerían autorización administrativa, se aplicaban a productos procedentes de la UE y de Portugal. La normativa establecía que estas barreras desaparecerían si las importaciones reales no alcanzaban el 90% del contingente anual abierto durante dos años consecutivos. Al no cumplirse este umbral en 1986 y 1987, se procede a suprimir dichas restricciones, un paso importante en la integración económica y la liberalización comercial dentro del mercado europeo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────