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Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 25 de marzo de 1986, de la Secretaría de Estado de Hacienda, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 11 de marzo de 1988, que establece el sistema de fiscalización previa que regula el artículo 95 de la Ley General Presupuestaria, en materia de contratos de obras, de suministros, de asistencia con Empresas consultoras o de servicios y de trabajos específicos y concretos, no habituales.

BOE-A-1988-9227Publicada: 16/04/1988MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

**Nuevo control para contratos públicos** Este acuerdo establece un sistema de revisión previa para ciertos contratos que realiza el Estado. Se trata de una forma de asegurar que los gastos públicos en obras, suministros, servicios de consultoría y trabajos específicos se realicen correctamente y cumplan con la ley antes de que se aprueben. Lo que cambia es que ahora se aplicará un control más detallado y selectivo sobre estos contratos. Habrá dos niveles de revisión: uno más rápido y enfocado en lo esencial para casos urgentes, y otro más completo para situaciones normales. El objetivo es garantizar la legalidad y eficiencia en la gestión de estos contratos. Este sistema entró en vigor en 1988, tras ser aprobado por el Consejo de Ministros y publicado por la Secretaría de Estado de Hacienda. Su aplicación busca mejorar la transparencia y la correcta ejecución del gasto público en el ámbito nacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1988 introduce un sistema de fiscalización previa para contratos públicos, modificando la Ley General Presupuestaria. Antes de esta norma, los controles sobre el gasto público podían ser menos selectivos o aplicarse de forma diferente. El acuerdo establece dos niveles de control: uno previo y selectivo para actos esenciales, breves y urgentes, y otro posterior e integral para situaciones de normalidad. Esta medida, aprobada a nivel nacional, busca agilizar la gestión y asegurar la legalidad, diferenciándose de otros modelos de control que pudieran existir en otras comunidades autónomas o a nivel europeo. Su importancia radica en la mejora de la eficiencia y la transparencia en la contratación pública. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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