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Real DecretoNacionalvigente

Orden de 11 de junio de 1988 por la que se designa al Servicio Nacional de Productos Agrarios como Organismo competente para realizar las funciones previstas en el artículo 5.º del Real Decreto 2750/1986, de 5 de diciembre, por el que se regula la liquidación, recaudación y control de la tasa de corresponsabilidad establecida por la Comunidad Económica Europea en el sector de la leche y los productos lácteos.

BOE-A-1988-14492Publicada: 14/06/1988MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**Designación de organismo para la tasa láctea** Esta orden ministerial aclara qué entidad pública es la responsable de gestionar una tasa específica relacionada con la producción de leche y sus derivados. Esta tasa fue establecida por la Comunidad Económica Europea (CEE) para regular el sector lácteo y asegurar la corresponsabilidad de los productores. Lo que cambia concretamente es que se designa al Servicio Nacional de Productos Agrarios (SENPA) como el organismo encargado de llevar a cabo las funciones de liquidación, recaudación y control de dicha tasa. Esto significa que el SENPA será la entidad que gestionará los pagos y supervisará el cumplimiento de las normativas europeas en este ámbito. La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Por lo tanto, la designación del SENPA como organismo competente se hizo efectiva de forma inmediata tras su publicación en 1988. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, existía un Real Decreto de 1986 que establecía una tasa de corresponsabilidad en el sector lácteo a nivel europeo, pero no especificaba claramente qué organismo nacional se encargaría de su gestión. La presente orden subsana esta laguna, designando al Servicio Nacional de Productos Agrarios (SENPA). Esta medida es relevante porque clarifica la responsabilidad administrativa para la recaudación y control de una tasa comunitaria, unificando criterios a nivel nacional. A diferencia de otras normativas que pueden tener desarrollos autonómicos o europeos más complejos, esta orden se centra en una designación específica y de ámbito nacional, asegurando la aplicación coherente de la política láctea europea en España. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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